Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 109 En relación con la intervención del secretario/a en la preparación del orden del día, hay que destacar que los expedientes han de estar en su poder, para que puedan ser examinados y revisados, al menos tres días antes de la celebración de la sesión (art. 177 ROF). En caso de que haya comisiones informativas: • Solo pueden incluirse los asuntos que hayan sido previamente dictaminados, informados o sometidos a consulta de la comisión informativa que corresponda. • El alcalde o presidente, por razones de urgencia debidamente motivada, puede incluir en el orden del día, a iniciativa propia o a propuesta de alguno de los portavoces, asuntos que no hayan sido previamente informados por la respectiva comisión informativa, pero en este supuesto no puede adoptarse ningún acuerdo sobre estos asuntos hasta que el pleno ratifique su inclusión en el orden del día. En el orden del día se incluirá, siempre, un punto de ruegos y preguntas. d. Circunstancias de tiempo y lugar (arts. 85 y 87 ROF) Respecto al lugar de celebración de las sesiones, el artículo 85 ROF dispone: “1. El Pleno celebrará sus sesiones en la Casa Consistorial, Palacio Provincial o sede de la Corporación de que se trate, salvo en los supuestos de fuerza mayor en los que, a través de la convocatoria o de una resolución del Alcalde o Presidente dictada previamente y notificada a todos los miembros de la Corporación, podrá habilitarse otro edificio o local a tal efecto. En todo caso, se hará constar en acta esta circunstancia.” Ahora bien, a consecuencia de la pandemia provocada por el COVID-19, el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, añadió un apartado 3 al artículo 46 LRBRL que, una vez superada la pandemia, permanece y sigue vigente: “cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados de las EELL, estas podrán, apreciada la concurrencia de la situación descrita por el Alcalde o Presidente o quien válidamente les sustituya al efecto de la convocatoria de acuerdo con la normativa vigente, constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, siempre que sus miembros participantes se encuentren en territorio español, y quede acreditada su identidad. Asimismo, se deberá asegurar la comunicación entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter público o secreto de las mismas según proceda en cada caso. A los efectos anteriores se considerarán medios electrónicos válidos las audioconferencias, videoconferencias u otros sistemas tecnológicos o audiovisuales que garanticen adecuadamente la seguridad tecnológica, la efectiva participación política de sus miembros, la validez del debate y votación de los acuerdos que se adopten”. Cualquier sesión, ordinaria o extraordinaria, ha de respetar el principio de unidad de acto, y se procurará que finalice en el mismo día en que ha comenzado. En caso de que la sesión finalice sin que se hayan debatido y resuelto todos los asuntos incluidos en el orden del día, el presidente podrá levantar la sesión. En este caso, los asuntos no debatidos se habrán de incluir en el orden del día de la siguiente sesión.

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