Temari de proves selectives 2024-2025 140 Por ello, existen unos instrumentos de planeamiento que desarrollan las determinaciones del PGOU o de las normas subsidiarias y complementarias, como el plan parcial, que concreta y desarrolla el esquema básico que ha diseñado el PGOU en términos suficientes para que pueda procederse a su ejecución. Por tanto, el plan parcial aborda el estudio de una zona determinada del PGOU, detalladamente proyectada, con vistas a su realización dentro de un plazo o de los plazos previstos. Tiene carácter territorial y no ordena todo el territorio del municipio, sino solo un sector, una parte del territorio. Como hemos dicho, los planes parciales desarrollan y concretan un Plan General, por lo que no pueden modificar sus determinaciones, si bien actualmente la mayoría de leyes autonómicas permiten que los planes parciales modifiquen en ciertos aspectos el Plan General, siempre que sean modificaciones de mejora, es decir, modificaciones que incrementen la calidad ambiental de los espacios urbanos de uso colectivo o amplíen las dotaciones públicas o la capacidad de servicio y la funcionalidad de las ya previstas. El contenido de los planes parciales se describe en el artículo 45 RPU e incluye, entre otros, los siguientes aspectos: a) Delimitación del área de planeamiento, abarcando un sector definido en el PGOU o en el programa de actuación urbanística. b) Asignación de usos pormenorizados y delimitación de las zonas en las que se divide el territorio y, en su caso, división en polígonos o unidades de actuación. c) Señalamiento de reservas de terreno para parques y jardines públicos, con las zonas deportivas y de recreo y expansión también públicas, en proporción adecuada a las necesidades colectivas. d) Fijación de reservas de terrenos para centros culturales y docentes públicos y privados. e) Emplazamientos reservados para templos, centros asistenciales y sanitarios y demás servicios de interés público y social. f) Trazados y características de la red de comunicaciones propias del sector y su enlace con el sistema de comunicaciones. g) Características y trazado de las galerías y redes de abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica y otros servicios que prevea el plan. h) Evaluación económica de la implantación de los servicios y de la ejecución de las obras de urbanización. i) Plan de etapas para la ejecución de las obras de urbanización y, en su caso, de la edificación. La documentación que deben contener los planes parciales se especifica en el artículo 57 y siguientes del RPU: una memoria justificativa de la ordenación y de sus determinaciones, planos de información, planos de proyecto, ordenanza reguladora, plan de etapas y estudio económico-financiero. En cuanto al procedimiento para su elaboración y aprobación, los planes parciales pueden ser de iniciativa municipal o particular. En la mayoría de las Comunidades Autónomas, la aprobación inicial de los planes parciales de iniciativa municipal suele corresponder al alcalde, que da cuenta de ello al pleno. Una vez aprobados inicialmente, se someterán a informe de los órganos competentes e información pública.
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