Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 159 NORMAS A UTILIZAR - Constitución Española - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera - Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas - Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local - Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local - Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local - Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Simplificado de Contabilidad Local y se modifica la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre LA CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS: LOS MODELOS NORMAL, SIMPLIFICADO Y BÁSICO ORÍGENES DE LA CONTABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES La Ley General Presupuestaria de 1977 sentó las bases legales de la concepción de la contabilidad pública. Así, le reconoció fines de control y estableció la necesidad de una normalización contable de todo el sector público, previendo la elaboración y aprobación, por parte del ministro de Hacienda, del Plan General de Contabilidad Pública. Siguiendo esta línea, el artículo 114 LRBRL dispone: “Las entidades locales quedan sometidas al régimen de contabilidad pública. La Administración del Estado establecerá, con carácter general, el plan de cuentas de las entidades locales.” El Plan General de Contabilidad Pública fue aprobado por Orden del Ministerio de Hacienda de 14 de octubre de 1981. Posteriormente, con la entrada de España en la Comunidad Europea, se aprobó el Plan contable obligatorio para todas las empresas mediante RD 1641/1990, de 20 de diciembre, que originó la aprobación de un nuevo Plan General de Contabilidad Pública por Orden del MEH de 6 de mayo de 1994, adaptado al Plan privado . En el ámbito local, la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, actualmente refundida en el RDL 2/2004, de 5 de marzo, estableció las líneas generales de la contabilidad de las entidades locales: • Las entidades locales y sus organismos autónomos quedan sometidos al régimen de contabilidad pública • Las sociedades mercantiles en cuyo capital tengan participación total o mayoritaria las entidades locales estarán igualmente sometidas al régimen de contabilidad pública sin perjuicio de su adaptación al sistema contable de las empresas españolas. • Deber de rendir cuentas al Tribunal de Cuentas.

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