Temari de proves selectives 2024-2025 162 • Principio de desafectación Los ingresos de carácter presupuestario se destinan a financiar la totalidad de los gastos de dicha naturaleza, sin que exista relación directa entre unos y otros. En el caso de ingresos afectados se debe reflejar dicha circunstancia y permitir su seguimiento. NORMATIVA CONTABLE DE LAS ENTIDADES LOCALES La normativa contable de las entidades locales se encuentra contenida en tres órdenes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a propuesta de la IGAE, las cuales son de aplicación desde el 1 de enero de 2015, y cuyo ámbito de aplicación se delimita en función de dos variables: la población y el importe del presupuesto. Concretamente, existen tres órdenes que aprueban los tres tipos de modelos contables: • MODELO NORMAL (Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre): de aplicación para los municipios con presupuesto superior a 3.000.000 euros, cualquiera que sea su población, y aquellos que tengan un presupuesto igual o inferior a dicho importe y superior a 300.000 € y una población que exceda de 5.000 habitantes. También es de aplicación a los organismos autónomos dependientes de dichas entidades locales. No solo las entidades y organismos autónomos indicados en el apartado anterior están sujetos a su ámbito de aplicación, puesto que también las entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación del modelo simplificado pueden aplicar voluntariamente la instrucción normal. Las sociedades mercantiles deberán adaptarse, además, al Código de Comercio, a la legislación mercantil y al Plan Contable Pymes. • MODELO SIMPLIFICADO (Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre): de aplicación para entidades con un presupuesto no superior a 300.000 euros, cualquiera que sea su población, y aquellas cuyo presupuesto supere los 300.000 euros pero no exceda de 3.000.000 euros y una población que no supere los 5.000 habitantes. También es de aplicación a los organismos autónomos dependientes de dichas entidades locales. Las sociedades mercantiles deberán adaptarse, además, al Código de Comercio, a la legislación mercantil y al Plan Contable Pymes. • MODELO BÁSICO (Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre): aplicable a entidades de menos de 300.000 euros de presupuesto, que no superen los 5.000 habitantes y sin entes dependientes. LAS INSTRUCCIONES DE CONTABILIDAD MODELO NORMAL La Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Normal de Contabilidad Local, se divide en cuatro títulos y un anexo; los títulos, a su vez, se estructuran en capítulos y secciones, y estas, a su vez, en reglas.
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