Temari de proves selectives 2024-2025 166 • Notas o certificaciones de cada entidad bancaria de los saldos existentes a fin de ejercicio. En caso de discrepancia entre los saldos contables y los bancarios, se debe aportar el estado conciliatorio oportuno, autorizado por el interventor Las cuentas anuales de la entidad local deben acompañarse: • De las cuentas anuales de las SSMM en cuyo capital social tengan participación mayoritaria. • Las cuentas anuales de las unidades dependientes de la entidad local incluidas en el ámbito de aplicación de la LOEPSF (cuando no estén integradas en la cuenta general ni comprendidas en el apartado anterior). • Las cuentas anuales consolidadas en las entidades locales a las que les es de aplicación la ICAL-normal. En caso de que les sea de aplicación la ICAL-simplificada, únicamente deben elaborar las cuentas anuales consolidadas si el pleno de la corporación así lo ha establecido. Por último, los municipios de más de 50.000 habitantes y las demás entidades locales de ámbito superior acompañarán a la cuenta general (art. 211 del TRLHL): • Una memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios públicos. • Una memoria demostrativa del grado en que se hayan cumplido los objetivos programados con indicación de los previstos y alcanzados, con el coste. En las entidades locales a las que les es de aplicación la ICAL-básica, la cuenta está formada por las siguientes partes: - Liquidación del presupuesto. - Información sobre ejecución presupuestaria. - Información sobre tesorería. - Información sobre endeudamiento. - Información sobre operaciones no presupuestarias. Las cuentas anuales de las SSMM y de las EPEL dependientes de la entidad local Las cuentas anuales que deben formar las SSMM en cuyo capital social tengan participación total o mayoritaria la entidad local y las EPEL serán las previstas en el Plan General de Contabilidad o en el de Pequeñas y Medianas empresas.
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