Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 181 Respecto a la vinculación laboral y a los contratos de trabajo, habrá que atenerse a la normativa laboral vigente en el momento. LOS INSTRUMENTOS REGULADORES DE RR. HH.: LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO, LOS PLANES DE EMPLEO Y OTROS SISTEMAS DE RACIONALIZACIÓN Los instrumentos de ordenación de la gestión de recursos humanos son aquellos medios que permiten al empleador organizar u ordenar la gestión de su personal. Entre dichos instrumentos, destacamos los siguientes: A) PLANTILLAS DE PERSONAL Su regulación se encuentra en el artículo 14 LMFP y, en el ámbito local, en el artículo 90.1 LRBRL. Este tipo de instrumento tiene carácter presupuestario y se aprueba junto con el presupuesto, que contiene los créditos presupuestarios de gastos reservados a funcionarios, personal laboral y eventual. Dichos créditos de gastos se consignan en el capítulo 1 del presupuesto, y no pueden rebasar los límites que la Ley de Presupuestos del Estado establezca anualmente. Este documento se remitirá al Estado y a la CA una vez aprobado junto con el presupuesto, y se publicará íntegramente junto con este. B) RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO El artículo 15 LMFP las define como el instrumento a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios, indicando los requisitos que se precisan para su desempeño. Este tipo de instrumento tiene carácter público, de acuerdo con el artículo 74 TREBEP. El órgano competente para su aprobación es el pleno de la corporación, de acuerdo con el artículo 22 LRBLR, excepto en municipios de régimen del título X, en los que es competencia de la Junta de Gobierno Local. Deberá remitirse copia a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma. C) OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO El artículo 70 TREBEP la define como el instrumento cuyo objetivo es publicitar anualmente las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. El artículo 59 TREBEP prevé que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las

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