Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 203 NORMAS A UTILIZAR - Constitución Española - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera - Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria - Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales - Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO FINANCIERO La Constitución Española de 1978 dedica su título VII a la economía y hacienda, En su artículo 128.1, comienza estableciendo el principio de subordinación de toda la riqueza del país al interés general y reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Asimismo, el artículo 40.1 CE establece: “los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica”. También hay que tener en cuenta el artículo 103.1 CE, que, pese a referirse a la actuación genérica de la Administración, tiene aplicabilidad en el ámbito financiero: “La Administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.” En síntesis, en la Constitución española hay multitud de artículos dedicados al Derecho Financiero o que tienen aplicación y afectación en el mismo. De dichos artículos se desprende la existencia de dos tipos de principios: • Principios específicos de los ingresos públicos (Derecho tributario). • Principios específicos de los gastos públicos (Derecho presupuestario). Asimismo, cabe recordar que, con la reforma del artículo 135 CE, que tuvo lugar en el año 2011, se introdujo también el principio de estabilidad fiscal, que se refiere y afecta a ambas ramas del Derecho Financiero (ingresos y gastos).

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