Temari de proves selectives 2024-2025 212 b) Concepción subjetiva A la luz de esta concepción, el Derecho financiero estaría integrado por el conjunto de normas que regulan la Administración Financiera del Estado y demás entes públicos, esto es, el sector público en un sentido amplio. c) Definición del Derecho financiero El rasgo común de las definiciones es su objeto de estudio, el cual tiene en cuenta el ciclo financiero, es decir, la obtención de recursos, la gestión de los mismos y la producción del gasto. Otros autores como Pugliese definen el Derecho financiero como aquella disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que regulan la recaudación, gestión y gasto de los medios económicos necesarios para que el Estado y los demás entes públicos desarrollen sus actividades, así como el estudio de las relaciones jurídicas entre los poderes públicos, los ciudadanos y el Estado. Sainz de Bujanda, en su definición, trata de abarcar el ciclo económico y entiende el Derecho financiero como la disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático de las normas que regulan los recursos económicos que el Estado y los demás entes públicos pueden emplear para el cumplimiento de sus fines, así como el procedimiento jurídico de percepción de ingresos y de ordenación de los gastos y pagos que se destinan al cumplimiento de los servicios públicos. Rodríguez Bereijo lo define como el ordenamiento propio y singular de la Hacienda Pública, esto es, el conjunto de normas que regulan el ejercicio de las funciones financieras del Estado y los demás entes públicos. En síntesis, habida cuenta de las distintas definiciones, podemos concluir que el Derecho financiero ejerce una función pública, la función financiera, consistente en la obtención de ingresos, la administración y gestión de recursos monetarios y la realización de los gastos para satisfacer necesidades públicas. La actividad financiera tiene tres momentos destacados o clave: - Ingreso público - Gestión de los recursos - Gasto Así, dada su doble vertiente, de ingreso y gasto, el Derecho financiero se dividiría en dos partes diferenciadas: el Derecho tributario y el Derecho presupuestario, APLICACIÓN DEL DERECHO FINANCIERO, DERECHO PRESUPUESTARIO Y DERECHO TRIBUTARIO La gestión del Derecho financiero abarca tanto las operaciones y actuaciones encaminadas a la obtención de recursos o ingresos como las que se dirigen a la transformación de dichos recursos en servicios públicos, es decir, a la producción del gasto. Ello implica que la actividad financiera tenga dos vertientes: - Ingresos - Gastos públicos Así, el Derecho financiero se divide en: - Derecho presupuestario. - Derecho tributario.
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