Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 217 • Cuando el órgano actuante estime que pueden concurrir las circunstancias de conflicto en la aplicación de la norma, lo comunicará al interesado, y le concederá un plazo de 15 días para presentar alegaciones y aportar o proponer las pruebas que estime procedentes. • Recibidas las alegaciones y practicadas, en su caso, las pruebas procedentes, el órgano actuante remitirá el expediente completo a la comisión consultiva, que debe emitir informe en el plazo de tres meses. • El informe de la comisión consultiva vinculará al órgano de inspección sobre la declaración del conflicto en la aplicación de la norma, y no será susceptible de recurso o reclamación. La simulación El artículo 13 LGT establece que las obligaciones tributarias se exigirán con arreglo a la naturaleza jurídica del hecho, acto o negocio realizado, cualquiera que sea la forma o denominación que los interesados le hubieran dado y prescindiendo de los defectos que pudieran afectar a su validez. El artículo 16 del mismo cuerpo normativo regula la simulación y establece que, en los actos o negocios en los que exista simulación, el hecho imponible gravado será el efectivamente realizado por las partes. La existencia de simulación será declarada por la Administración tributaria en el correspondiente acto de liquidación, sin que dicha calificación produzca otros efectos que los exclusivamente tributarios. Bibliografía Mestre García, E. La Ley General Tributaria y su aplicación a las haciendas locales. Fundación Asesores Locales. Málaga. 2004. Cervantes Sánchez-Rodrigo, C.J. Guía de la recaudación tributaria. Editorial Ciss. Madrid. 2005. Pérez Royo, F. Derecho Financiero y Tributario. Parte general. Ed: Thomson Civitas. Navarra. 2005. Marín-Barnuevo Favo, D. Los tributos locales. Ed. Thomson Civitas. Navarra. 2005. González Pueyo, J.M. (coord.). Comentarios al texto refundido de la Ley de las haciendas locales: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (3ª ed.). Ed. El Consultor de los Ayuntamientos. Wolters Kluwer. 2019.

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