Temari de proves selectives 2024-2025 271 Existen diferentes clases de exenciones: • Exenciones totales, que evitan por completo el nacimiento de la obligación tributaria, y exenciones parciales, que solo la reducen (bonificaciones). • Exenciones objetivas, que se basan en hechos o situaciones, y exenciones subjetivas, que se establecen en relación con personas. • Exenciones temporales, que tienen una duración limitada, y exenciones permanentes, que no tienen limitación temporal. SUJETOS En toda relación jurídico-tributaria se pueden diferenciar dos sujetos, el activo y el pasivo: El activo es el acreedor del crédito tributario. El pasivo es el obligado tributario definido en el artículo 35 LGT: 1. Son obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias. 2. Entre otros, son obligados tributarios: a) Los contribuyentes. b) Los sustitutos del contribuyente. c) Los obligados a realizar pagos fraccionados. d) Los retenedores. e) Los obligados a practicar ingresos a cuenta. f) Los obligados a repercutir. g) Los obligados a soportar la repercusión. h) Los obligados a soportar la retención. i) Los obligados a soportar los ingresos a cuenta. j) Los sucesores. k) Los beneficiarios de supuestos de exención, devolución o bonificaciones tributarias, cuando no tengan la condición de sujetos pasivos. También tendrán la consideración de obligados tributarios, en las leyes en que así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptible de imposición.
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