Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 310 Asimismo, se compensarán de oficio durante el plazo de ingreso en periodo voluntario las cantidades a ingresar y a devolver que resulten de la ejecución de la resolución a la que se refieren los artículos 225.3 y 239.7 de esta Ley. 2. Serán compensables de oficio, una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas tributarias vencidas, líquidas y exigibles que las Comunidades Autónomas, entidades locales y demás entidades de Derecho público tengan con el Estado. 3. La extinción de la deuda tributaria se producirá en el momento de inicio del periodo ejecutivo o cuando se cumplan los requisitos exigidos para las deudas y los créditos, si este momento fuera posterior. El acuerdo de compensación declarará dicha extinción.” Efectos de la compensación: adoptado el acuerdo de compensación, se declararán extinguidas las deudas y créditos en la cantidad concurrente y se notificará al interesado. Si el crédito es inferior a la deuda: a) La parte de deuda que exceda del crédito seguirá el régimen ordinario, iniciándose el procedimiento de apremio, si no es ingresada a su vencimiento, o continuando dicho procedimiento, si ya se hubiese iniciado con anterioridad, siendo posible practicar compensaciones sucesivas con los créditos que posteriormente puedan reconocerse a favor del obligado al pago. b) Por la parte concurrente se procederá a declarar la extinción En el caso de que el crédito sea superior a la deuda, declarada la compensación, se abonará la diferencia al interesado. El sistema de cuenta corriente en materia tributaria se regula en el artículo 138 RD 1065/2007 y se podrán acoger a él los obligados tributarios que reúnan los siguientes requisitos: a) Que ejerzan actividades empresariales o profesionales y que, como consecuencia de dicho ejercicio, deban presentar periódicamente autoliquidaciones por el impuesto sobre el valor añadido o autoliquidaciones por retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, agrícolas y ganaderas y de premios. b) Que el importe de los créditos reconocidos durante el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud de la cuenta corriente sea equivalente, al menos, al 40 por ciento de las deudas tributarias devengadas durante el mismo periodo de tiempo. A efectos de este cálculo, únicamente se tendrán en cuenta los créditos y las deudas tributarias a los que se refiere el artículo 139. c) Que se verifique la concurrencia de las siguientes circunstancias: 1. Estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. 2. Haber presentado las autoliquidaciones cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de inclusión en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria, 3. Haber presentado las autoliquidaciones y la declaración resumen anual del impuesto sobre el valor añadido, así como la declaración anual de operaciones con terceras personas y las declaraciones recapitulativas de operaciones intracomunitarias, cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 4. No mantener con la Administración tributaria del Estado deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo, salvo que se trate de deudas o sanciones tributarias que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.

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