Temari de proves selectives 2024-2025 37 Cuestiones de competencia Las cuestiones de competencia entre juzgados y tribunales de un mismo orden jurisdiccional se resolverán por el órgano inmediato superior común, conforme a las normas establecidas en las leyes procesales. A tales efectos, no podrán suscitarse cuestiones de competencia entre jueces y tribunales subordinados entre sí. El juez, o el Tribunal Superior, fijará, en todo caso, y sin ulterior recurso, su propia competencia, oídas las partes y el Ministerio Fiscal por plazo común de diez días. Acordado lo procedente, recabará actuaciones ante el juez o un tribunal inferior o le remitirán las que se hallare conociendo. Bibliografía Sánchez Agesta, L. Sistema político de la CE (3ª ed.). Madrid. 1983. Webgrafía https://www.poderjudicial.es
RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=