Temari de proves selectives 2024-2025 74 j) a) Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales. k) b) Las entidades privadas que perciban durante el periodo de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen, como mínimo, la cantidad de 5.000 euros. Asimismo, la LTBG crea y regula el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, un órgano independiente al que se le otorgan competencias de promoción de la cultura de transparencia en la actividad de la Administración Pública y de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a la información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno. Es, por tanto, un órgano independiente de supervisión y control para garantizar la correcta aplicación de la Ley. Las resoluciones del mismo sustituyen al tradicional sistema de recursos administrativos. Para respetar al máximo las competencias autonómicas, expresamente se prevé que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno solo tendrá competencias en aquellas Comunidades Autónomas con las que haya firmado convenio al efecto, quedando, en otro caso, en manos del órgano autonómico que haya sido designado las competencias que, a escala estatal, asume el Consejo. DATOS ABIERTOS Y REUTILIZACIÓN El marco jurídico de los datos abiertos y su reutilización vienen encabezados por la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, que fue modificada por la Ley 18/2015, de 9 de julio (por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público). La Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, fue adaptada mediante el Real Decreto-ley 24/2021, en el que se transponían varias directivas europeas, entre las que se encontraba la Directiva (UE) 2019/1024, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público. Los datos abiertos son aquellos que cualquier persona es libre de utilizar, reutilizar y redistribuir, con el único límite, en su caso, del requisito de atribución de su fuente o reconocimiento de su autoría. La reutilización de la información del sector público consiste en el uso, por parte de personas físicas o jurídicas, de información generada por organismos del sector público, con fines comerciales o no. La reutilización supone —a modo ilustrativo— actividades como la copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación y combinación de la información. La reutilización de la información del sector público facilita el desarrollo de nuevos productos, servicios y soluciones de alto valor socioeconómico. Igualmente, permite revertir en la sociedad el conocimiento y los beneficios directos de la actividad de las Administraciones Públicas en condiciones de transparencia. La reutilización ayuda así a mejorar la fiabilidad y seguridad de los datos que las AAPP gestionan y contribuye a un diseño más cercano y eficiente de los servicios públicos.
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