Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024- 2025 96 Mecanismos de control del Gobierno a) La moción de censura Es el instrumento más importante del control que ejerce el Parlamento (en el Congreso de los Diputados) sobre el Gobierno. Esta medida está prevista en casi todas las constituciones europeas. En España, se ha seguido el modelo diseñado en la Ley Fundamental de Bonn (moción de censura constructiva), según el cual una décima parte de los diputados solicita que el Congreso decida por votación si el Gobierno debe continuar o no. A los cinco días de ser presentada la moción de censura (periodo de reflexión mínimo), el Congreso vota. Si lo hace a favor del Gobierno, este continúa en su puesto; si no, tendrá que presentar su dimisión y es sustituido por la persona propuesta como candidata en la moción. Los requisitos para aprobar la moción de censura son los siguientes: Exigencia de que voten contra el Gobierno la mayoría absoluta de los miembros del Congreso, de manera que los diputados ausentes o las abstenciones se contabilizan de hecho como votos favorables al Gobierno. Al presentar la moción contra el Gobierno se deberá proponer, al mismo tiempo, el nombre de la persona que debería sustituir a su presidente para así, al votar la dimisión del Gobierno se vota al mismo tiempo al nuevo presidente. Por ello suele calificarse este tipo de moción como “moción de censura constructiva” (sustitución de un Gobierno por otro). Si no prospera, los diputados firmantes de una moción de censura no podrán volver a presentar otra en el mismo periodo de sesiones. Hecha la admisión a trámite, el presidente del Gobierno ya no podrá proponer al rey la disolución de las cámaras. El debate previo a la decisión parlamentaria se centra no tanto en la exigencia de responsabilidad al presidente en ejercicio, sino más bien en la investidura de quien aspira a sustituirlo, de forma que el protagonista es el candidato a presidente, que expondrá su programa. Si concurren varias mociones de censura, se votarán separadamente por orden de presentación. No obstante, si alguna de ellas resulta aprobada, el resto ya no se votarán, porque se entiende que el Congreso ya ha decidido el candidato al que otorga su confianza. En el caso de que no sea aprobada la moción, el Gobierno recupera la facultad de disolver las cámaras. Si, por contra, resulta aprobada, se entiende retirada la confianza al presidente en ejercicio y otorgada al candidato. Así, el presidente cesa y tendrá que presentar su dimisión al rey, que nombrará automáticamente presidente al segundo, de manera que no se deberá recurrir al procedimiento del artículo 99 porque ya ha quedado investido y tendrá que proceder a nombrar al nuevo Gobierno. b) La cuestión de confianza A veces el Gobierno puede considerar que, para la eficaz continuidad en el ejercicio de sus funciones y la realización de sus objetivos políticos, le resulta conveniente renovar la confianza que el Parlamento le otorgó. Para ello el Gobierno puede exigir al Parlamento que le ratifique expresamente su confianza. El planteamiento de la cuestión corresponde al presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esta ratificación tendrá lugar, como en su día sucediera con la investidura, sobre un programa de gobierno o una declaración de política general. En ambos casos se trata de declaraciones o programas de carácter general: no es viable, pues, la posibilidad de que el Gobierno comprometa su responsabilidad política con un texto legislativo concreto.

RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=