Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 113 El vicepresidente del CGPJ sustituye al presidente en caso de enfermedad, vacante o ausencia. El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial estará asistido por un director de Gabinete de la Presidencia, nombrado y cesado libremente por él. El Pleno está compuesto por todos los miembros del Consejo. Para su validación CE se requiere la presencia al menos de catorce de sus vocales. Sus funciones, conforme al artículo 599 LOPJ, se corresponden, excepto algunas excepciones, con las del Consejo General, lo que implica que sea el auténtico órgano decisorio dentro del Consejo. La Comisión Permanente está formada por el presidente y cuatro vocales escogidos anualmente por mayoría de tres quintas partes por el Pleno del Consejo. Dos de los vocales deberán pertenecer a la carrera judicial. Sus funciones (art. 602 LOPJ) son de carácter ejecutivo, además de todas aquellas que no correspondan al Pleno del Consejo, el cual también puede delegarle funciones propias. Se reúne con periodicidad semanal. La Comisión Disciplinaria está integrada por siete cinco miembros, cuatro del turno judicial y tres del turno de juristas de reconocida competencia, y se le atribuyen funciones de instrucción de expedientes y de imposición de sanciones a jueces y magistrados. Junto con la Comisión Disciplinaria, en el artículo 606 LOPJ se regula al promotor de la acción disciplinaria. El artículo 609 LOPJ y siguientes regulan la Comisión de Asuntos Económicos, a quien corresponderá la realización de estudios y proyectos de carácter económico y financiero que le sean encomendados por el Pleno del Consejo, el control financiero y contable de la gerencia y otras de materia económica. La Comisión de Igualdad estará integrada por tres vocales, y le corresponde asesorar al Pleno sobre las medidas necesarias y convenientes para integrar activamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio de las atribuciones del CGPJ. Las competencias del CGPJ vienen reguladas en los artículos 560 a 110 LOPJ, agrupadas en: Nombramiento de altos cargos Propuesta por mayoría de tres quintos para el nombramiento del presidente del TS y del CGPJ. Propuesta por mayoría de tres quintos para el nombramiento de dos miembros del TC, cuando proceda. Competencias decisorias en materias propias del Poder Judicial Formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de jueces y magistrados; nombramiento de jueces; inspección de juzgados y tribunales, y publicación de la jurisprudencia del TS, entre otras. Competencias no decisorias en materias relacionadas con el Poder Judicial Funciones de informe de los anteproyectos de las leyes y disposiciones generales relacionadas con materias que afecten al Poder Judicial y a la Administración de Justicia. Competencias en el orden interno del Consejo • Ejercicio de la potestad reglamentaria. • Elaboración y aprobación del anteproyecto de su presupuesto. • Nombramiento de su secretario general y del personal dependiente de este.

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