Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 145 NORMATIVA A UTILIZAR - Constitución Española - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO El preámbulo de la CE de 1978, concretamente el artículo 2, afirma que la CE se fundamenta en la “indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”, y se reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y de las regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. Este artículo ya anuncia un cambio sustancial en relación con el régimen anterior, al reconocer la existencia de entes inferiores al estatal que gozan de autonomía para su autoorganización. Es por ello que resulta factible la existencia de una pluralidad de administraciones públicas. Congruentemente con esta nueva visión, el artículo 103 de la CE establece los principios conforme a los cuales la Administración Pública debe actuar, es decir, establece que esta deberá servir a los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sumisión plena a la ley y al Derecho. Es sobre la base de esta descentralización territorial de la que nacen las diferentes administraciones públicas coexistentes en la actualidad. La Administración del Estado es, pues, la que bajo la dirección del Gobierno sirve con objetividad a los intereses generales. En desarrollo de la CE, y como legislación básica estatal, tenemos la LJRSP, cuya finalidad principal es establecer un marco normativo que permita la racionalización de la existencia de organismos públicos y privados vinculados a la administración y que asegure la eficacia y la eficiencia de su actuación. En dicha ley, no únicamente se establecen las bases del régimen jurídico del sector público, sino también, y sobre todo, se regulan aspectos organizativos de la Administración General del Estado. Todo ello se hace por la vía de la fusión de parte de los contenidos de cuatro normas precedentes, que con ellas serán derogadas: • Ley 11/ 2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. • Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. • Ley 28/ 2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos. • Derogación, en parte de los preceptos de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, que regula el régimen, la organización y los criterios de funcionamiento del aparato administrativo estatal, por lo que la LRJSP hace referencia también a los organismos públicos —organismos autónomos y entidades públicas empresariales del sector público estatal— en un esfuerzo de simplificación de la normativa reguladora de la Administración General del Estado. La LRSJP consta de 158 artículos, veintidós disposiciones adicionales, cuatro transitorias, una derogatoria y dieciocho finales.

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