Temari de proves selectives 2024-2025 197 EL COMITÉ DE REGIONES El Tratado de Maastricht prevé la participación, con carácter consultivo, de las regiones y entes locales en el proceso decisorio de la UE. La creación del Comité de Regiones responde a esta idea, ya que por su composición y funciones contribuye a acercar la Unión a los ciudadanos para así reforzar su legitimidad democrática. El Comité de Regiones se constituyó por primera vez el 9 de marzo de 1994 y está integrado por representantes de los entes regionales y locales de los Estados miembros que sean titulares de un mandato electoral en un ente regional o local, o que ostenten responsabilidad política ante una asamblea electiva. Actualmente está compuesto por 344 miembros. El número de miembros de cada Estado refleja aproximadamente el tamaño de su población (España aporta, como Polonia, veintiún miembros, frente a los veinticuatro, como máximo, de Alemania, Francia o el Reino Unido). El mandato de sus miembros dura cuatro años, pero es renovable. Sus integrantes ejercen funciones con absoluta independencia, en interés general de la Comunidad, y les está expresamente prohibido compatibilizar esta función con la de eurodiputado. En cuanto a su organización, se estructura en torno al Pleno, la Mesa, las comisiones y la Secretaría General, que tiene por función asistir al Pleno, a la Mesa y a las comisiones. En España se optó por conceder un representante a cada CCAA, mientras que los cuatro restantes representan a las entidades locales. El mandato es por cuatro años, renovables. Su creación obedece a que aproximadamente tres cuartas partes de la legislación comunitaria se aplican a escala local o regional, así que es natural que los representantes locales y regionales participen en la elaboración de la nueva legislación de la UE. Además, se temía que la UE progresase dejando de lado a los ciudadanos y se ha optado por la asociación de los niveles de gobierno más próximos a los ciudadanos como una de las formas de responder a estas preocupaciones. Según prevé el Tratado de la Unión, es obligatorio consultar al Comité de Regiones en las siguientes materias: educación y juventud; cultura; salud pública; redes transeuropeas, y cohesión económica y social. También deberá emitir dictamen cuando, después de haber sido consultado el Comité Económico y Social, el Comité de Regiones considere que un interés regional está en juego y, en todo caso, siempre que lo crea conveniente. Este es probablemente el instrumento más eficaz que tiene a su cargo para forjarse un prestigio político y reforzar su posición en la red institucional de la UE. Finalmente, señalar que tres son los principios que rigen en la actualidad los trabajos del Comité de Regiones: • El principio de subsidiariedad, que significa que en la UE las decisiones deben tomarse en el nivel práctico más próximo al ciudadano. • El principio de proximidad a los ciudadanos, que supone que todos los niveles de gobierno deberían aspirar a estar “próximos a los ciudadanos” para que estos conozcan a los responsables y puedan hacer oír sus opiniones. • El principio de asociación, que implica que una buena gobernanza europea se basa en el trabajo conjunto de los niveles europeo, nacional, regional y municipal. Cada uno de estos cuatro niveles es imprescindible y debería participar en el proceso decisorio.
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