Temari de proves selectives 2024- 2025 228 Corresponde al secretario del órgano colegiado: • Asistir a las reuniones con voz, pero sin voto, si es un funcionario, y con voz y voto, si la secretaría la ejerce un miembro. • Efectuar la convocatoria de las sesiones por orden de su presidente, y también las citaciones a los miembros. • Recibir los actos de comunicación de los miembros con el órgano. • Preparar el despacho de los asuntos y redactar y autorizar las actas de las sesiones. • Expedir certificados de las consultas, los dictámenes y los acuerdos aprobados. • Las otras funciones inherentes a su condición de secretario. d) Convocatorias y sesiones Para que el órgano se pueda considerar válidamente constituido, a los efectos de la realización de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requiere la presencia del presidente y el secretario o, si procede, de quien los sustituya, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Los órganos colegiados pueden establecer el régimen propio de convocatorias, si este no está previsto en sus normas de funcionamiento. No puede ser objeto de deliberación o de acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, excepto que estén presentes todos los miembros del órgano colegiado y se declare la urgencia del asunto con el voto favorable de la mayoría. Los acuerdos deberán ser adoptados por mayoría de votos. e) Actas El secretario debe extender acta de cada sesión que realice el órgano colegiado y que tendrá que especificar necesariamente los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y del tiempo en que se ha hecho, los puntos principales de las deliberaciones y también el contenido de los acuerdos adoptados. El levantamiento de acta de las sesiones de los órganos necesarios de las corporaciones locales es una de las manifestaciones más importantes de la función de fe pública, que el RFHN atribuye a los secretarios municipales. Los miembros que discrepen del acuerdo mayoritario pueden formular un voto particular por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas, voto que habrá que incorporar al texto aprobado. Cuando los miembros del órgano voten en contra o se abstengan, quedan exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivar de los acuerdos. Podrán grabarse las sesiones que celebre el órgano colegiado. Cuando se hubiera optado por la grabación de las sesiones celebradas o por la utilización de documentos en soporte electrónico, deberán conservarse de forma que se garantice la integridad y autenticidad de los ficheros electrónicos correspondientes y el acceso a los mismos por parte de los miembros de los órganos colegiados. Se expedirá certificado del secretario de la autenticidad y veracidad del fichero, y cuantos documentos en soporte electrónico se utilizasen como documentos de la sesión, podrán acompañar el acta, sin necesidad de hacerse contar en ella los puntos principales de las deliberaciones.
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