Temari de proves selectives 2024-2025 245 d) Fuerza de ley Significa que todas las normas con rango de ley tienen una supremacía jerárquica, de modo que pueden derogar cualquier norma anterior de rango normativo inferior y resisten a ser derogadas por otras normas posteriores de rango inferior. e) Privilegio de inmunidad judicial Los jueces y tribunales, como declara el artículo 117.1 CE, están sometidos al imperio de la ley. Clases de leyes Leyes orgánicas En la CE, las leyes orgánicas se caracterizan por una nota material y formal a la vez. Por un lado, únicamente pueden referirse a materias a las que la CE otorga una relevancia particular y, por otro, en el aspecto formal se requiere, para su aprobación, un quórum especial. El artículo 81.1 de la CE prescribe, en el aspecto material, que “son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general, y las otras previstas en la CE”. El apartado segundo prevé, en el aspecto formal, que “la aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto”. Leyes ordinarias Son las que emanan de las Cortes, formadas por el Congreso y el Senado, y constituyen el tipo genérico y común de todas las disposiciones legislativas. Se trata de la norma básica del ordenamiento, que la sitúa con carácter general en el nivel jerárquico superior, subordinada únicamente a la CE. Por lo que se refiere al procedimiento que se utiliza para la aprobación de la ley ordinaria, la CE y los reglamentos de las cámaras distinguen el procedimiento común y el procedimiento especial. Procedimiento común de aprobación a) Titulares de la iniciativa legislativa (arts. 87 a 89 de la CE) • Gobierno Reciben el nombre de “proyecto de ley” y deben ser aprobados por el Consejo de Ministros, que los remitirá al Congreso —no al Senado— acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios. Este tipo de iniciativa goza de una posición preeminente, ya que el constituyente ha previsto que su inicio sea automático y tenga prioridad sobre otras iniciativas (art. 89.1 CE).
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