Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024- 2025 248 c) Leyes de armonización (art. 150.3 CE). el Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las CCAA, incluso en el caso de materias atribuidas a la competencia de estas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada cámara, apreciar esta necesidad. NORMAS DEL GOBIERNO CON FUERZA DE LEY: LOS DECRETOS-LEYES Y LA LEGISLACIÓN DELEGADA La CE establece distintos procedimientos para diferentes materias, entre las que destacan los decretos-leyes y los decretos legislativos por sus diferencias respecto al procedimiento ordinario, entre otros. Legislación delegada El texto constitucional regula, bajo el nombre de “decreto legislativo” (art. 85), un instrumento utilizado para agilizar la labor legislativa del Parlamento. Se trata de un recurso que se ejercita en dos fases y a través de dos normas: una ley del Parlamento que delega y un decreto del Gobierno que recibe la delegación y legisla. De acuerdo con el artículo 82.1 CE, “las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior” (no reservadas a regulación mediante ley orgánica). a) Ley de delegación La ley de delegación tiene por objeto la habilitación al Gobierno con la potestad legislativa. En consecuencia, este no ejercita una competencia propia, sino que lo hace por delegación. Las características comunes que deben reunir las leyes de delegación consisten en que la delegación debe ser expresa, concreta, previa, por un tiempo determinado, de un único uso e indelegable de nuevo. Debe incluir el plazo de su ejercicio, de manera que no puede concederse por un tiempo indeterminado. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya ejercitado la delegación, esta decae. Asimismo, la delegación se extingue por la utilización que el Gobierno haga de ella mediante la publicación de la norma correspondiente. El artículo 82.2 CE establece dos variantes de legislación delegada: el texto articulado y el texto refundido. • Texto refundido La potestad legislativa del Gobierno se limita a sistematizar y unificar diferentes textos legales de una misma materia, sin hacer ninguna modificación sustancial. La ley de la delegación debe especificar si se circunscribe únicamente a la mera formulación de un texto único o bien si se permite que el Gobierno haga una aclaración o armonice los textos legales que deben ser refundidos, además de concretar la legislación anterior que resulta afectada por la refundición. • Texto articulado Se trata de una delegación más amplia que la anterior, ya que mediante una ley de bases se faculta al Gobierno para que forme un texto articulado. El artículo 82.4 CE dispone que “las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio”.

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