Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 309 NORMATIVA A UTILIZAR - Constitución Española - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos - Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal - Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales LA NOTIFICACIÓN: CONTENIDO, PLAZOS Y PRÁCTICA EN PAPEL Y A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS Para que un acto pueda producir sus efectos normales será necesario que sea conocido por sus destinatarios a fin de que se pueda proceder a su cumplimiento. La comunicación de los actos administrativos a los interesados se realiza por medio de la notificación o de la publicación. López Viñas define las notificaciones como acciones de comunicación de la Administración a los interesados, que condicionan legalmente la eficacia de resoluciones o acuerdos administrativos y permiten además ejercitar por los interesados los recursos o medios de impugnación que en cada caso procedan. En el Derecho español la notificación y la publicación constituyen una condición de la eficacia de los actos administrativos ya que, de acuerdo con la LPAC, “la eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior” (art. 39.2). De ahí que la LPAC prevea la notificación “a los interesados” de las resoluciones y actos que afecten a sus derechos e intereses. La notificación indica a los afectados el inicio de la eficacia del acto. No obstante, la doctrina efectúa una distinción: si el acto o resolución perjudica al interesado, en todo caso será requisito de eficacia la notificación; en cambio, cuando el acto beneficia al administrado la notificación no será requisito de eficacia, aunque se impone igualmente a la Administración la obligación formal de notificar todo tipo de actos que afecten a los derechos e intereses de particulares. El régimen jurídico de la notificación de los actos del procedimiento administrativo queda regulada en los artículos 40 a 44 LPAC y atendiendo al procedimiento administrativo por medios electrónicos que se ha establecido con carácter general para las relaciones de las Administraciones Públicas con sus administrados desde la entrada en vigor de la LPAC es de suma importancia también el desarrollo que, con carácter básico, recoge en el RAFME. Son responsables de la práctica de la notificación: • El titular de la unidad administrativa o el personal de servicios de la Administración de los que proceda el acto serán responsables de que se practique su notificación. El artículo 20 LPAC establece que los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución y el despacho de los asuntos serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los obstáculos

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