Temari de proves selectives 2024-2025 321 La suspensión de la eficacia de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas será objeto de publicación. LA RETROACTIVIDAD DEL ACTO Los actos son, en principio, irretroactivos y producen efectos a partir de su aprobación hacia el futuro, pero hay excepciones (art. 39.3 LPAC): a) Actos que produzcan efectos favorables a la persona interesada Es necesario que se den dos condiciones: • Que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha en la que se retrotraiga la eficacia del acto. • Que no se lesionen derechos o intereses legítimos de otras personas. b) Actos que se dictan en sustitución de los actos anulados En principio, un acto que se dicta en sustitución de otro acto que ha sido declarado nulo puede tener efectos retroactivos si favorece a su destinatario. No obstante, la protección de los derechos de terceros interesados puede ser un límite a la eficacia retroactiva, de manera que se deberán valorar los intereses afectados por la retroactividad del acto, ya que lo que favorece al destinatario de un acto puede perjudicar a un tercero. La jurisprudencia configura la eficacia retroactiva de los actos dictados, tanto en sustitución de actos anulables como de actos nulos de pleno derecho, más como un derecho del administrado que como una potestad discrecional de la Administración, cuando razones de justicia así lo exijan. De dichos supuestos podemos destacar las siguientes características: 1. Tiene carácter excepcional. 2. Tienen carácter facultativo (podrá otorgarse). 3. La retroactividad abarca tanto los nuevos actos que se dicten en sustitución de los actos anulables como de los viciados de nulidad absoluta. 4. Dentro de la expresión “actos anulados” están comprendidos no solo los invalidados por la propia Administración, sino también a los anulados por la jurisdicción contenciosa-administrativa. La retroactividad no puede lesionar derechos o intereses legítimos de otras personas, razón por la cual requiere de una cuidadosa ponderación de las circunstancias concurrentes en cada caso.
RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=