Temari de proves selectives 2024-2025 353 Cuando así lo disponga expresamente la normativa reguladora aplicable, las Administraciones Públicas podrán admitir los sistemas de identificación contemplados en la LPAC y el RAFME Como sistema de firma, cuando permitan acreditar la autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento de los interesados. Cuando los interesados utilicen un sistema de firma de los citados, su identificación se entenderá y acreditada mediante el propio acto de la firma. a.3) Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo Con carácter general, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en el trabajo. Las Administraciones Públicas requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para: • Formular solicitudes. • Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. • Interponer recursos. • Desistir de acciones. • Renunciar a derechos. a.4) Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados Como determina el artículo 12 LPAC, las Administraciones Públicas deberán garantizar que los interesados puedan relacionarse con las Administraciones a través de medios electrónicos, para lo que pondrán a su disposición los canales que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso determinen. En su desarrollo, el artículo 4 RAFME establece: “Canales de asistencia para el acceso a los servicios electrónicos. Las Administraciones Públicas prestarán la asistencia necesaria para facilitar el acceso de las personas interesadas a los servicios electrónicos proporcionados en su ámbito competencial a través de alguno o algunos de los siguientes canales: a) Presencial, a través de las oficinas de asistencia que se determinen. a) Portales de Internet y sedes electrónicas. a) Redes sociales. a) Telefónico. a) Correo electrónico. a) Cualquier otro canal que pueda establecerse de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.”
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