Temari de proves selectives 2024- 2025 376 3. La suspensión del plazo máximo de resolución El mismo principio de seguridad jurídica del que deriva la obligatoriedad del cumplimiento de los plazos administrativos, tanto por los interesados como por las Administraciones Públicas, conforme venimos reiterando, exige el régimen jurídico de la suspensión del plazo máximo para resolver regulada en el artículo 22 LPAC. La motivación de la suspensión es, en este supuesto, totalmente necesaria. La ley actual contempla dos tipos de suspensión: • Potestativa: prevista en los supuestos relacionados en el artículo 22.1 LPAC. • Obligatoria: prevista en los supuestos relacionados en el artículo 22.2 LPAC. Bibliografía Fernández Ramos, Severiano, y Gamero Casado, Eduardo. Manual básico de Derecho Administrativo (2ª edición actualizada). Ed. Tecnos. Madrid. 2005. Parada Vázquez, Ramón. Derecho Administrativo I. Parte general (15ª ed.). Ed. Marcial Pons. Madrid. 2004. Campos Acuña, C. (dir.). Comentarios a la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas. El Consultor de los Ayuntamientos. Wolters Kluwer. 2021. López Viña, J. Todo Administración Local: procedimiento administrativo. El Consultor de los Ayuntamientos. Wolters Kluwer. 2021.
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