Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 381 En relación con los medios que se utilizan para la prueba, pueden consistir en cualesquiera admitidos como válidos en Derecho, lo que supone la remisión a la Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 281 y ss.). De conformidad con lo establecido en el artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, los medios de prueba de los que se podrá hacer uso son los siguientes: • Interrogatorio de las partes. • Documentos públicos. • Documentos privados. • Dictamen de peritos. • Reconocimiento judicial. • Interrogatorio de testigos. • Medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen. • Instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase relevantes para el proceso. • Por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores que pudiera obtener certeza sobre los hechos relevantes el órgano instructor a instancia de parte lo admitirá como prueba adoptando las medidas que en cada caso resulten procedentes. El periodo de prueba no será superior a treinta días ni inferior a diez. La apertura del periodo de prueba puede ser declarada de oficio —cuando la administración no tenga por ciertos los hechos alegados por los interesados o la naturaleza del procedimiento lo exija— o a instancia de parte. El instructor del procedimiento solo podrá rechazar las pruebas propuestas por los interesados cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada. Cuando la prueba consista en la emisión de un informe de un órgano administrativo, organismo público o entidad de Derecho público, se entenderá que esta tiene carácter preceptivo. Cuando la valoración de las pruebas practicadas pueda constituir el fundamento básico de la decisión que se adopte en el procedimiento por ser pieza imprescindible para la correcta evaluación de los hechos, deberá incluirse en la propuesta de resolución. En cuanto a la práctica de la prueba, la Administración comunicará a los interesados, con antelación suficiente, el inicio de las actuaciones necesarias para la realización de las pruebas que hayan sido admitidas. En la notificación, se consignarán el lugar, fecha y hora en que se practicará la prueba con la advertencia, en su caso, de que el interesado puede nombrar técnicos para que le asistan. El lugar donde la prueba deberá practicarse dependerá del medio probatorio que se utilice, por lo que puede tener lugar en la sede del órgano administrativo, fuera de ella e incluso excepcionalmente en el extranjero. c) Informes Se puede definir el informe o dictamen como la declaración de juicio emitida por funcionarios organismos u órgano diferente de aquel que inicia, instruye y resuelve el procedimiento. Sirve para aportar nuevos datos al expediente o para comprobar los ya existentes en el mismo.

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