Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 447 En cuanto a la legitimación por interés, el Tribunal Supremo sostiene que se ha de entender como aquello que, de prosperar el recurso, produciría algún beneficio de cualquier tipo en favor del demandante. • Las corporaciones, asociaciones, sindicatos y grupos y entidades a que se refiere el artículo 18 que sean afectados o estén legalmente habilitados para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos. Esta legitimación para recurrir se refiere no solo a los intereses generales o comunes propios de estas entidades, sino también a los que afecten a una parte de sus miembros e incluso a actos singulares. • La Administración del Estado. Cuando ejerza un derecho o un interés legítimo, para impugnar actos y disposiciones de la Administración de las CCAA y de los organismos públicos vinculados a ellas, así como los de las entidades locales, conforme a la legislación de régimen local, y los de cualquier otra entidad pública no sometida a su fiscalización. • La Administración de las CCAA. Para impugnar actos y disposiciones que afecten a su ámbito de autonomía emanados de la Administración del Estado y de cualquier otra administración u organismo público, así como los de las entidades locales, conforme a lo dispuesto en la legislación de régimen local. • Les entidades locales territoriales. Para impugnar actos y disposiciones que afecten a su ámbito de autonomía emanados de las Administraciones del Estado y de las CCAA, así como los de organismos públicos con personalidad jurídica propia vinculados a unas u otras o los de otras entidades locales. • El Ministerio Fiscal. Para intervenir en los procesos que determine la ley. • Las entidades de Derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas. Para impugnar actos o disposiciones que afecten a sus finalidades. • Cualquier ciudadano. Ejerciendo la acción popular, en los casos previstos en las leyes. La acción pública o popular supone que la ley habilita a cualquier persona para ejercer acciones en defensa de la legalidad y no de derechos propios o intereses legítimos. Incluso puede actuarse en protección de derechos de terceras personas. • Para la defensa del derecho de igualdad de trato entre mujeres y hombres, además de los afectados y siempre con su autorización, estarán también legitimados los sindicatos y las asociaciones legalmente constituidas cuyo fin primordial sea la defensa de la igualdad de trato entre mujeres y hombres, respecto de sus afiliados y asociados, respectivamente. Cuando los afectados sean una pluralidad de personas indeterminada o de difícil determinación, la legitimación para demandar en juicio la defensa de estos intereses difusos corresponderá exclusivamente a los organismos públicos con competencia en la materia, a los sindicatos más representativos y a las asociaciones de ámbito estatal cuyo fin primordial sea la igualdad entre mujeres y hombres, sin perjuicio, si los afectados estuvieran determinados, de su propia legitimación procesal. La persona acosada será la única legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

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