Temari de proves selectives 2024-2025 463 Cualquier otro posible vicio del recurso o de su fundamentación tendrá que decidirse por el fondo del asunto, no por inadmisibilidad. La sentencia desestimará el recurso cuando se ajusten a derecho la disposición, el acto o la actuación impugnados. En cambio, la sentencia estimará el recurso cuando la disposición, actuación o acto incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico (incluye tanto la CE y las normas formales como los principios generales del Derecho), incluso la desviación de poder. Se entiende por “desviación de poder” el ejercicio de potestades administrativas para fines diferentes de los que fija el ordenamiento jurídico. Las declaraciones que puede tener la decisión estimatoria son las siguientes: • No ser conforme a Derecho la disposición o acto recurrido o que cese o se modifique la actuación impugnada. • Si lo que se pretendía era el reconocimiento y el restablecimiento de una situación jurídica, adoptará todas aquellas medidas que sean necesarias para el pleno restablecimiento de la misma. • Si la medida para el restablecimiento de la situación jurídica del recurrente consistiese en la emisión de un acto o en la práctica de una actuación jurídicamente obligatoria, la sentencia podrá establecer un plazo para que se cumpla la decisión. • La última hipótesis que contempla el artículo 71 es el resarcimiento de daños y perjuicios: habrá que declarar en todo caso el derecho a la reparación y señalar quién está obligado a indemnizar. La sentencia también debe fijar la cuantía de la indemnización cuando lo pida expresamente el demandante y consten (probados en actuaciones judiciales) elementos suficientes para hacerlo. Si no fuese así, se establecerán las bases para la determinación de la cuantía, cuya concreción definitiva quedará diferida a la ejecución de la sentencia. Los órganos jurisdiccionales no podrán determinar la forma en que han de quedar redactados los preceptos de una disposición general en sustitución de los que hubiesen anulado, ni podrán determinar el contenido discrecional de los actos anulados. Respecto a los efectos de la sentencia, normalmente estos quedan restringidos a las personas que han sido parte en el proceso. Sin embargo, cuando se trate de la anulación de una disposición o de un acto, la sentencia tendrá alcance erga omnes, ya que, como establece el artículo 72, producirá efectos para todas las personas afectadas, hayan sido o no parte. En caso de anulación de una disposición general, el efecto erga omnes obliga a publicar la sentencia en el mismo diario oficial en que lo hubiese sido la disposición anulada. No obstante, las sentencias firmes que anulen un precepto de una disposición general no afectan por sí mismas a la eficacia de las sentencias o de los actos administrativos firmes que hayan aplicado el precepto antes de que la anulación alcanzase efectos generales, salvo en el caso de que la anulación del precepto implique la exclusión o la reducción de las sanciones aún no ejecutadas completamente. Finalmente, de conformidad con lo que establece el artículo 110 de la Ley, en materia tributaria y de personal al servicio de una Administración Pública, los efectos de una sentencia firme que hubiese reconocido una situación jurídica individualizada a favor de una o varias personas podrán extenderse a otras, en ejecución de la sentencia, cuando concurran las siguientes circunstancias: • Que los interesados se encuentren en idéntica situación jurídica que los favorecidos por la sentencia. • Que el juez o tribunal sentenciador también sea competente, por razón del territorio, para conocer de sus pretensiones de reconocimiento de la mencionada situación individualizada.
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