Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 481 EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y SUS GARANTÍAS El procedimiento como garantía • Es necesario que, por vía legal o reglamentaria, se establezca un procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. • No se pueden imponer sanciones sin que se haya tramitado el procedimiento establecido normativamente. • Los procedimientos que regulen el ejercicio de la potestad sancionadora deben establecer la separación debida entre las fases instructora y sancionadora, atribuyéndolas a órganos diferentes. Su fundamento constitucional se encuentra en el artículo 24 CE: • Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. • Asimismo, todas las personas tienen derecho al juez ordinario predeterminado por la ley; a la defensa y a la asistencia de letrado; a ser informadas de la acusación formulada contra ellas; a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías; a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa; a no declarar contra sí mismas; a no confesarse culpables, y a la presunción de inocencia. Los valores del artículo 24 CE no quedarían salvaguardados si se admitiera que la Administración, por razones de orden público, pudiese incidir en la esfera jurídica de los ciudadanos e imponer una sanción sin observar el procedimiento previsto y, en consecuencia, sin posibilidad de defenderse jurídicamente. Así también, el procedimiento conecta directamente como instrumento al servicio de los derechos del presunto responsable. El presunto responsable tiene derecho a que se le notifiquen: • Los hechos que se le imputan. • Las infracciones que pueden constituir los hechos imputados. • Las sanciones que se le puedan imponer, en su caso. • La identidad del instructor. • La autoridad competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye la competencia. También tiene derecho a formular alegaciones y a utilizar los medios de defensa reconocidos por el ordenamiento jurídico que resulten procedentes, además, lógicamente, de todos los otros derechos reconocidos al administrado en la LPAC. Presunción de inocencia Los procedimientos sancionadores deben respetar la presunción de que no hay responsabilidad administrativa hasta que se demuestre lo contrario. Además, los procedimientos sancionadores administrativos están vinculados a lo que se haya declarado probado por resoluciones judiciales penales firmes.

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