Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 529 Plazo El plazo de prescripción para incoar el procedimiento es de un año, aunque la cuestión no es pacífica en tanto que un sector doctrinal entiende que se trata del resarcimiento de un derecho de la Hacienda pública, por lo que entra en juego el plazo de prescripción de la LGT, que es de cuatro años. Queda por resolver, también, la cuestión del dies a quo, el día en que comienza a computar el plazo: • Si se trata de la acción de repetición de la Administración, se entiende que el momento inicial del plazo debe ser el del pago, abstracción hecha del momento de la firmeza del acto o de la sentencia que reconoció el derecho a la indemnización. • Si es la Administración la que pretende el resarcimiento, el plazo se inicia a partir del momento en que se causa el daño. Procedimiento El artículo 36 LRJSP se remite al procedimiento que reglamentariamente se establezca, aunque el apartado tercero del mismo artículo determina que se podrá “instruir igual procedimiento” que el previsto para la responsabilidad por daños a la misma Administración. a) Inicio El procedimiento se iniciará por resolución del órgano competente, en la que se expresarán los motivos por los que se estima que puede existir responsabilidad de la autoridad o del funcionario, y se delimitarán los hechos determinantes de los daños, los daños ocasionados y la posible responsabilidad según los criterios que prevé el artículo 36 LRJSP. b) Notificación a los interesados Se da traslado a los interesados y se concede un plazo de quince días para que aporten todos los documentos, informaciones y pruebas que consideren convenientes. c) Instrucción Se aplicarán las normas generales del procedimiento de los artículos 75 y 76 LPAC. Se emitirán los informes que se consideren procedentes y, en todo caso, se presentará el del servicio en cuyo funcionamiento se haya ocasionado el daño. Se practicarán, de oficio o a instancia del interesado, las pruebas relevantes para la determinación y comprobación de los hechos. El plazo que se concede para emitir informes y practicar las pruebas es de quince días. a) Audiencia y vista Se concede un plazo de diez días para que la persona interesada pueda presentar alegaciones. b) Resolución Una vez acabado el trámite de audiencia, en el plazo de cinco días se dictará la propuesta de resolución. Notificada la propuesta de resolución, la resolución se dictará en el plazo de cinco días más, será motivada y delimitará la responsabilidad de la autoridad o del personal al servicio de la Administración y, si procede, la

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