Temari de proves selectives 2024- 2025 530 cantidad por la que se debe responder. c) Efectos El artículo 36.5 LRJSP establece que la resolución declarativa de responsabilidad pone fin a la vía administrativa. Responsabilidad civil y penal derivada de delito La vía penal permite exigir responsabilidad civil con carácter directo a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones. El artículo 121 del CP prevé la responsabilidad civil subsidiaria de la Administración: “El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y los otros entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los responsables penalmente de los delitos dolosos o culposos cuando estos sean autoridad, sus agentes y contratados o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos o funciones, siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que se les hayan confiado, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento normal o anormal de los mencionados servicios, exigible de acuerdo con las normas de procedimiento administrativo, y sin que, en ningún caso, pueda darse una publicidad indemnizatoria. Si en el proceso penal se exige la responsabilidad civil de la autoridad, de sus agentes y contratados o de funcionarios públicos, la pretensión debe dirigirse simultáneamente contra la Administración o el ente público presuntamente responsable civil subsidiario.” El artículo 37 LRJSP dispone: “1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito, se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente. 2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.” Bibliografía Cosculluela Montaner, L. Manual de Derecho Administrativo (18ª ed.). Thompson Aranzadi, vol. I. Navarra. 2007. Escuín Palop, C. Curso de Derecho Administrativo (3ª ed.). Tirant lo Blanch. Valencia. 2005. Campos Acuña, C. Comentarios a la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común. El Consultor de los Ayuntamientos. Wolters Kluwer. 2021. Campos Acuña, C. Comentarios a la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público. El Consultor de los Ayuntamientos. Wolters Kluwer. 2021.
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