Temari de proves selectives 2024-2025 51 Los deberes fundamentales Según el artículo 9.1 de la CE, los ciudadanos y los poderes públicos restan sujetos a la CE y al resto del ordenamiento jurídico. Hay que diferenciar entre lo que es un deber constitucional y lo que es una obligación constitucional. Puede afirmarse que la CE impone a los ciudadanos deberes jurídicos que, mediante la ley, se concretan en obligaciones específicas, como, por ejemplo: Artículo 30.1 CE: “Los españoles tienen el derecho y el deber de defender España. El apartado 2 del mismo artículo remite a la ley para que esta establezca las obligaciones militares específicas en que se concreta el deber de defender a España. De esta manera, la CE impone un deber genérico y se remite a la ley para imponer obligaciones concretas exigibles al ciudadano.” Artículo 31.1 CE: “Todo el mundo contribuirá al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica, mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.” Este deber tributario se plasma en obligaciones concretas después de la intervención del legislador mediante leyes fiscales. Con el término todo el mundo quedan incluidas todas las personas físicas y jurídicas residentes en España, con independencia de que posean la nacionalidad española. No obstante, la imposición fiscal que afecta a las personas extranjeras depende de la regulación legal concreta y de la incidencia, en su caso, de los convenios internacionales suscritos por España en la materia. PROTECCIÓN Y SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES La protección de los derechos fundamentales La CE es considerada un texto claramente garante por la amplitud de mecanismos e instituciones que se destinan a la protección de los derechos y libertades. Estas garantías responden al deseo de conferir un auténtico carácter normativo a los preceptos relativos a los derechos fundamentales y aseguran la existencia en el ordenamiento de auténticas libertades públicas. En la CE se establecen unos grados de protección de los derechos y de las libertades. Esta graduación se corresponde con la importancia que la propia CE otorga a los diversos grupos de derechos que reconoce. a) Los que gozan de más garantías son un primer grupo, el recogido en la sección 1ª del capítulo II del título I, dado que expresan el consenso fundamental de la CE y recogen los valores esenciales para la convivencia. Los mecanismos de protección de estos derechos son los siguientes: • Procedimiento agravado de reforma constitucional (art. 168 CE). • Exigencia de ley orgánica para su regulación (art. 81 CE), lo que comporta una garantía adicional, dado que para su aprobación se exige una mayoría cualificada. Además, el artículo 86.1 de la CE impide que los decretos-ley afecten a los derechos y libertades reconocidos en el título I, de manera que no se permite al ejecutivo aprobar normas que regulen las condiciones de ejercicio de los derechos fundamentales.
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