Temari de proves selectives 2024-2025 87 º La situación y las variaciones del patrimonio del Estado y de las otras entidades del sector público. º Los créditos extraordinarios y suplementarios, así como las incorporaciones, las ampliaciones, la transferencia y otras modificaciones de los créditos presupuestarios iniciales. • Jurisdiccional. El enjuiciamiento contable, como jurisdicción propia del Tribunal de Cuentas, se ejerce respecto de las cuentas que han de rendir los que recaudan, intervienen, administran, custodian o utilizan bienes, caudales o efectos públicos. La jurisdicción contable se extiende al alcance de los caudales a finalidades públicas, así como a las obligaciones accesorias o constituidas en garantía de su gestión. No corresponderá a la jurisdicción contable el enjuiciamiento de las materias siguientes: º Los asuntos atribuidos a la competencia del TC. º Los temas sometidos a la jurisdicción contencioso-administrativa. º Los hechos constitutivos de delito o falta. º Las cuestiones de carácter civil, laboral o de otra naturaleza encomendadas al conocimiento de los órganos del Poder Judicial. A través del Tribunal de Cuentas se completa la tarea fiscalizadora de las Cortes, mediante un control intermedio de todo el ciclo económico que nace con la aprobación del presupuesto y acaba con la sanción definitiva de las cuentas del Estado. Ámbito de fiscalización: sector público El ámbito de fiscalización del Tribunal de Cuentas se extiende a: • Administración del Estado. • CCAA. • Entidades locales. • Entidades gestoras de la Seguridad Social. • Organismos autónomos. • Sociedades estatales y otras empresas públicas. Órganos del Tribunal de Cuentas Presidente: tiene voto de calidad y es nombrado por el rey, a propuesta del Tribunal en pleno, por un periodo de tres años. Son atribuciones del presidente: • Representar al Tribunal.
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