Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 101 Antes de la aprobación del proyecto, cuando el presupuesto base de licitación del contrato de obras sea igual o superior a 500.000 euros, IVA excluido, los órganos de contratación deberán solicitar un informe de las correspondientes oficinas o unidades de supervisión de los proyectos encargadas de verificar que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario, así como la normativa técnica, que resulten de aplicación para cada tipo de proyecto. La responsabilidad por la aplicación incorrecta de las mismas en los diferentes estudios y cálculos se exigirá de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 233 LCSP. En los proyectos de presupuesto base de licitación inferior al señalado, el informe tendrá carácter facultativo, salvo que se trate de obras que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra, en cuyo caso el informe de supervisión será igualmente preceptivo. Replanteo del proyecto Una vez aprobado el proyecto, y previamente a la aprobación del expediente de contratación de la obra, se procederá a efectuar el replanteo del mismo, que consistirá en comprobar la realidad geométrica de la obra y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución. Asimismo, se deberán comprobar cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar. Una vez realizado el replanteo, se incorporará el proyecto al expediente de contratación. Expediente de contratación de obras Los artículos 134 y 138 RGLCAP se refieren a los elementos preparatorios del contrato de obras estableciendo que el expediente de contratación incorporará, como mínimo, los documentos siguientes: - proyecto de la obra - informe de supervisión del proyecto - acta de replanteo - acuerdo de aprobación del proyecto - exposición pública del proyecto, en su caso - replanteo del proyecto - pliego de cláusulas administrativas particulares - certificado de existencia de crédito presupuestario - informe jurídico, del secretario/a de la corporación para las entidades locales, o del titular del órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico de la corporación - solicitud, en su caso, de los informes preceptivos de otros organismos con competencia sectorial en la obra de que se trate (carreteras, aguas, costas, etc.) - informe sobre los efectos de la inversión en la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad - fiscalización previa del expediente por la Intervención - aprobación del expediente de contratación

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