Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 102 EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRAS Del contrato de obra pública nace una relación jurídica obligatoria de trato sucesivo o duradero. Esta relación se inicia con la formalización del contrato y concluye con la recepción definitiva de la obra. Durante este proceso se producen una serie de actuaciones y momentos. Los artículos 237 a 246 LCSP y 139 y 173 RGLCAP establecen la regulación de las especialidades de la ejecución del contrato de obras. Según señala Arcocha Giménez, M., el contrato de obras es un contrato de resultados, por lo que solo puede ser recepcionado y abonado a su finalización. Su extensión en el tiempo, la evolución de la propia obra y la financiación a cargo del contratista hasta su término, imposible en la mayoría de los casos, provoca que durante su ejecución se facture, compruebe e incluso se modifique. Y ello lleva al estudio de diversas figuras, como la comprobación del replanteo, las certificaciones y los abonos a cuenta, así como las mediciones de los incrementos, entre otros. Comprobación del replanteo De conformidad con lo establecido en el artículo 237 LCSP, la ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización, salvo en casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado, que será firmada por ambas partes interesadas y de la que se remitirá un ejemplar al órgano que celebró el contrato. Ejecución de las obras y responsabilidad del contratista Las obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el PCAP y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de este, diere al contratista la dirección facultativa de las obras. Cuando las instrucciones fueren de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de todos los defectos que en la construcción puedan advertirse. Plazo Dentro de los elementos que van caracterizando la ejecución del contrato de obras, el plazo es uno de los más importantes. El plazo de ejecución de la obra debe constar en el pliego de cláusulas administrativas particulares, así como en el contrato. La Administración ha de asegurar que el ritmo de ejecución sea el establecido, si bien pueden producirse aceleraciones o desaceleraciones del ritmo inicialmente previsto, que dan lugar a distintas figuras, como la

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