Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 149 • Una organización, un conjunto de medios personales, reales y financieros orientados a un fin. • La declaración formal de servicio público, es decir, que vaya precedido de la publicatio o reserva de la actividad en favor de la Administración Pública local. • El servicio público no es solo público por su titularidad (de una Administración), sino por su destinatario: el público, los ciudadanos. • Los particulares no podrán gestionar los servicios públicos económicos si no es mediante algún título habilitante: concesión, gestión interesada, arrendamiento, concierto. • El servicio público estará siempre sujeto a una reglamentación especial y detallada en la cual se manifieste la dirección exclusiva de la Administración, incluidos los supuestos de gestión indirecta. • Ha de prestarse de forma continua y regular, consecuencia de su carácter esencial e imprescindible para la comunidad en un momento histórico determinado. La definición de Lliset Borrell responde a un concepto estricto de servicio público, basado en el hecho de que la actividad es susceptible de ser sustraída de la libre iniciativa y concurrencia del mercado y atribuida a la titularidad pública. Los particulares no pueden realizar la actividad si no es mediante un contrato de gestión indirecta con la Administración. El mismo Lliset Borrell aporta una definición amplia de servicio público, que comprendería: • Las funciones administrativas. Son las que comportan ejercicio de autoridad. • Los servicios públicos no económicos. Son los benéficos, asistenciales, educativos, deportivos, culturales, sanitarios y, en general, los conectados a un derecho fundamental; por ejemplo, el derecho a la educación. Vendrían a coincidir con aquellas materias enumeradas en el artículo 25 LRBRL sobre las cuales los entes locales pueden ejercer competencias. • Los servicios públicos económicos. Aquellas iniciativas económicas reservadas en monopolio a la Administración por una ley formal de declaración de servicio público (este es el servicio público en sentido estricto). La Administración, una vez operada la declaración de servicio público, podrá reglamentar el servicio, dirigirlo y gestionarlo y modular los derechos y deberes de los ciudadanos respecto al servicio. Materialmente, no existen diferencias entre servicios públicos económicos y actividades económicas. Se trata de una distinción meramente formal: será el ordenamiento jurídico el que, en cada momento, declarará uno u otra. Se podría decir que la actividad económica es el género y el servicio público, la especie. El servicio público en sentido estricto puede identificarse como un servicio esencial reservado, sustraído de la libre iniciativa y concurrencia del mercado y atribuido al Estado. En este sentido, el artículo 86.2 LRBRL establece: “Se declara la reserva en favor de las entidades locales de las siguientes actividades o servicios esenciales: abastecimiento y depuración de aguas; recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos; transporte público de viajeros. El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán establecer, mediante Ley, idéntica reserva para otras actividades y servicios. La efectiva ejecución de estas actividades en régimen de monopolio requiere, además del acuerdo de aprobación del pleno de la correspondiente corporación local, la aprobación por el órgano competente de la Comunidad Autónoma”. A modo de recopilación de lo que se ha ido exponiendo, se puede afirmar que:

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