Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 152 Gestión directa La gestión directa puede adoptar las formas siguientes: a. Gestión por la propia entidad local. b. Organismo autónomo local. c. Entidad pública empresarial local. d. Sociedad mercantil local cuyo capital social sea de titularidad pública. Es importante destacar que la elección de una u otra forma de gestión directa no queda a la libre discreción de la Administración prestadora del servicio, sino que la gestión directa por la propia entidad local o a través de un organismo autónomo local debe tener preferencia, a criterio del legislador, y “[s]olo podrá hacerse uso de las formas previstas en las letras c) y d) cuando quede acreditado, mediante memoria justificativa elaborada al efecto, que resultan más sostenibles y eficientes que las formas dispuestas en las letras a) y b), para lo que se deberán tener en cuenta los criterios de rentabilidad económica y recuperación de la inversión. Además, deberá constar en el expediente la memoria justificativa del asesoramiento recibido que se elevará al Pleno para su aprobación, en donde se incluirán los informes sobre el coste del servicio, así como el apoyo técnico recibido, que deberán ser publicitados. A estos efectos, se recabará informe del interventor local, quien valorará la sostenibilidad financiera de las propuestas planteadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera” (artículo 85.1 LRBRL). a. Gestión por el mismo ente local El ente local asume y centraliza el servicio, y ejerce de manera exclusiva las potestades de dirección y gestión. Los medios personales y materiales del servicio se adscriben e integran en el presupuesto del ente local, de acuerdo con el principio de unidad presupuestaria. La gestión directa por el ente local se puede hacer también por medio de una organización especial, con un consejo de administración y una gerencia. En este caso, se debe abrir una sección propia con el presupuesto del ente local y se debe llevar también una contabilidad especial. Los actos del consejo son impugnables ante el órgano correspondiente del ente local mediante recurso de alzada. b. Mediante la creación de un organismo autónomo Los organismos autónomos son entidades de Derecho Público destinadas a la prestación de servicios de carácter administrativo. c. Mediante la creación de una entidad pública empresarial Los artículos 85 y 85 bis LRBRL distinguen entre organismo autónomo y entidad pública empresarial. El organismo autónomo y la entidad pública empresarial son una forma de descentralización funcional, no territorial, mediante la creación de un ente institucional. Existirá, por tanto, un vínculo con la Administración territorial de cobertura por una relación de instrumentalidad. El hecho de que se cree un organismo autónomo o una entidad pública empresarial dependerá del contenido o de la naturaleza del servicio a prestar: si el servicio es de carácter administrativo, se creará un organismo autónomo, y si es un servicio de naturaleza económica, se creará una entidad pública empresarial. Su régimen jurídico vendrá determinado por lo dispuesto en la LRBRL, en sus estatutos y, supletoriamente, en la LRJSP.

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