Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 201 Esta enumeración de la LPAP es una declaración a título indicativo, ya que también se señala que las formas de adquisición pueden ser cualquiera de las establecidas en el ordenamiento jurídico. Adquisición por ministerio de la ley Se trata de una forma de adquisición originaria que no tiene como causa una transmisión por parte del anterior titular, sino que la voluntad de transmisión deriva de la propia ley. La LPAP prevé supuestos concretos de adquisición por ministerio de la ley, aunque la legislación sectorial también regula supuestos concretos. Supuestos regulados en la LPAP: • Adquisición por ministerio de la ley de bienes inmuebles vacantes a favor del Estado. Este supuesto lo regula el legislador estatal en virtud de la competencia exclusiva estatal sobre legislación civil. Esta competencia exclusiva se entiende sin perjuicio de la existencia de derechos civiles forales. • Adquisición de saldos y de depósitos abandonados. El artículo 18 LPAP establece que se atribuyen a la Administración estatal los valores, dinero y otros bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades y agencias de valores y cualquier otra entidad financiera, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro y otros instrumentos similares abiertos en establecimientos respecto a los cuales no haya sido practicada gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio del derecho de propiedad en un periodo de veinte años. Adquisición a título lucrativo Las normas comunes a las adquisiciones a título gratuito, sean entre vivos o mortis causa, se contienen en el artículo 21 LPAP, precepto que es de aplicación únicamente a la Administración General del Estado y a sus organismos públicos. • Adquisición entre vivos. Con carácter general, la adquisición de bienes a título lucrativo no está sujeta a ninguna restricción. La legislación patrimonial distingue la donación pura y simple de la donación sometida a una condición, carga o gravamen oneroso. • Causa de muerte. De acuerdo con el art. 20.1 LPAP, se establece la condición legal de que su aceptación se entiende hecha a beneficio de inventario, sea una herencia testada o no. Esta condición legal implica que, en el caso de que el pasivo del legado supere el activo, la herencia no se puede adquirir. En relación con este modo de adquisición, hay que hacer referencia a los apartados 2 y 3 del artículo 20 de la LPAP, de aplicación básica, que prevé las reglas especiales para la adquisición hereditaria: Cuando una disposición gratuita se hubiese efectuado a favor de una Administración Pública para el cumplimiento de fines o para la realización de actividades que sean de la competencia exclusiva de otra, se notificará la existencia de esta disposición a la Administración competente a fin de que sea aceptada, si procede, por esta. Si la disposición se hubiese efectuado para la realización de fines de competencia de las Administraciones Públicas sin designación precisa del beneficiario, se entenderá efectuada a favor de la Administración competente, y de haber más de una con competencias concurrentes, a favor de la de ámbito territorial superior de entre aquellas a las cuales pudiese corresponder por razón del domicilio del causando.

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