Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 228 Siguiendo a Zubiri, podemos establecer cinco criterios que determinan cuándo un gasto es descentralizable desde una perspectiva económica: 1. Cuando un determinado gasto no afecta exclusivamente a los residentes de una jurisdicción, no debe descentralizarse. 2. El gasto que, cuando es realizado simultáneamente por todos los gobiernos locales, conduce a una asignación Pareto inferior de los recursos, debe descentralizarse (se dice que una asignación de factores productivos alcanza “el óptimo de Pareto” cuando la producción no se puede reorganizar para aumentar la producción de uno o más bienes sin disminuir la producción de otro). 3. Si el coste de provisión de un gasto es decreciente en un determinado tramo, no debe descentralizarse a regiones cuya población sea muy inferior a la que generaría el coste mínimo de provisión. 4. Cuando un gasto redistributivo sea susceptible de generar movimientos migratorios importantes, no debe ser descentralizado. 5. En ningún caso deben descentralizarse las políticas de regulación económica. La política económica del bienestar A partir de la década de los ochenta, se asiste a un proceso de revisión crítica de los postulados clásicos del federalismo fiscal, proceso que es propiciado, entre otros factores, por la crisis fiscal, los fenómenos generalizados de déficit público y el debate que se plantea sobre el tamaño y el papel que debe tener el sector público. En cuanto al reparto de funciones económicas, los mayores esfuerzos se han dirigido a potenciar las facultades de los gobiernos subcentrales en la estabilización de la economía y la redistribución de la renta. Si bien su trascendencia ha sido bastante limitada, en la práctica se han multiplicado los ejemplos de intervenciones regionales en dichos ámbitos. En lo que concierne a la función de estabilización, hemos de destacar la identificación del desarrollo económico como elemento integrante de la misma. Esta consideración dual, debida a Fuentes Quintana, permitiría la atribución de competencias económicas relacionadas con el objetivo del desarrollo a los gobiernos subcentrales. Para otros autores, si bien es conveniente que exista una única política de redistribución nacional, es posible y conveniente que en ella participen las autoridades subcentrales. A partir de este postulado, caben varias posibilidades de participación, que van de la mera ejecución de las directrices estatales a la negociación de la política de redistribución entre los dos niveles territoriales. A modo de resumen, Lagos Rodríguez diferencia dos etapas en el federalismo fiscal, que se constatan desde la perspectiva histórica y se reflejan en las discusiones doctrinales: • . La primera corresponde al federalismo clásico, que se caracteriza por el reparto estricto de competencias económicas, de las funciones que debe desempeñar cada nivel territorial y las fuentes de recursos. Prima, en definitiva, la autonomía de los gobiernos subcentrales. • . La segunda etapa responde a la superación de los postulados de la era liberal y al nuevo papel del Estado en el marco económico de la teoría del bienestar, caracterizándose por el auge de la idea de cooperación de los gobiernos central y subcentral en el contenido y ejecución de las funciones económicas frente al reparto estricto de la concepción anterior.

RkJQdWJsaXNoZXIy MzkyOTU=