Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 243 44/1978, de 8 de septiembre, acogió las modificaciones unánimemente propuestas para convertirlo en la piedra angular del sistema y superar los graves problemas que lo aquejaban. c) La reforma del impuesto de sociedades. Aunque este impuesto presentaba menos defectos que el impuesto sobre la renta de las personas físicas, la reforma operada por la Ley 61/1978, de 27 de diciembre, determinó la aproximación del gravamen societario español al modelo que rige en los sistemas fiscales modernos. 3. La tercera estuvo constituida por la implantación, desde el 1 de enero de 1986, del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y la aprobación del proyecto de Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Clasificación de los impuestos estatales Sin lugar a dudas, la clasificación más extendida en la doctrina y en los diferentes sistemas tributarios es la que distingue entre impuestos directos e indirectos. Nuestro derecho positivo ha calificado tradicionalmente de directos a los impuestos sobre la renta y sobre el capital o patrimonio, y de indirectos a todos los demás. Así se hizo en el pasado reciente, de forma expresa en la Ley de Reforma del Sistema Tributario de 11 de junio de 1964, mostrando de este modo la base en que usualmente se asienta dicha clasificación: la que diferencia los impuestos por su objeto, por la riqueza gravada por cada uno de ellos. En este sentido, podemos distinguir y clasificar los impuestos según si gravan la renta, el patrimonio o el gasto (o el empleo o la utilización de la riqueza), lo que lleva a la conclusión de que: 1. Los impuestos que recaen sobre la renta y el patrimonio son impuestos directos, ya que gravan la riqueza en sí misma, directa e inmediatamente considerada. 2. Los impuestos indirectos tienen precisamente por objeto las manifestaciones indirectas de la capacidad económica, como son el gasto, la circulación o el consumo de la riqueza. De esta forma, son impuestos estatales directos el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto sobre sociedades, el impuesto sobre el patrimonio y el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Tienen la consideración de impuestos indirectos todos los demás (impuesto sobre el valor añadido, impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, impuestos especiales, etc.). EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Naturaleza La imposición sobre la renta global de las personas físicas es uno de los pilares de los modernos sistemas impositivos. En efecto, los criterios de progresividad en el reparto de la carga tributaria y la elección de la capacidad contributiva total como criterio de la imposición son causas fundamentales de su importancia. Por esta razón, se emplea también este impuesto como eficiente instrumento de la política económica y social. Así pues, el IRPF es un impuesto personal, de carácter directo y progresivo; esto es, grava la renta en función de su cuantía y de las circunstancias personales y familiares que concurran en los sujetos pasivos. Ahora bien, a pesar de centrarse sobre un individuo o persona aislada, permite, con carácter optativo, que tributen conjuntamente los sujetos que integren la denominada “unidad familiar”. El IRPF se encuentra regulado en la actualidad por la LIRPF.

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