Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 246 Determinación de la base imponible y liquidable Base imponible La cuantía de los distintos componentes de la base imponible se determinará, con carácter general, por el método de estimación directa. La determinación de los rendimientos de actividades económicas se llevará a cabo, en los términos previstos en el art. 28 LIRPF, a través de los siguientes métodos. a) Estimación directa, que se aplicará como método general, y que admitirá dos modalidades, la normal y la simplificada. b) Estimación objetiva de rendimientos para determinadas actividades económicas, en los términos que reglamentariamente se establezcan. En los artículos 17 a 49 LIRPF se establecen las normas específicas mediante las cuales se definen y determinan las rentas gravables por rendimientos del trabajo (arts. 17 a 20), del capital (arts. 21 a 26), de actividades económicas (arts. 27 a 32) y por variaciones en el patrimonio del contribuyente (arts. 33 a 39), así como las reglas especiales de valoración, clases de renta e integración y compensación de rentas (arts. 40 a 49). Determinación de la base liquidable La base liquidable será el resultado de practicar en la base imponible, en los términos previstos en la LIRPF, las reducciones por atención a situaciones de dependencia y envejecimiento y pensiones compensatorias, lo que dará lugar a las bases liquidables general y del ahorro. Cálculo del impuesto estatal y gravamen autonómico Cuota íntegra estatal Esta cuota tributaria es la resultante de aplicar: • Sobre la base liquidable general que exceda del importe del mínimo personal y familiar, los tipos de gravamen correspondientes, en partes alícuotas progresivas por tramos contenidas en la escala general del impuesto vigente para cada ejercicio. • Sobre la base liquidable del ahorro, en la parte que no corresponda, en su caso, con el mínimo personal y familiar, el gravamen al tipo del 9,50 por 100, hasta 6.000 euros, y al 10,50 por 100 desde 6.000,01 euros en adelante. Cuota líquida estatal La cuota líquida estatal del impuesto será el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de: a) La deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación prevista en el apartado 1 del artículo 68 de la LIRPF. b) El 50 por ciento del importe total de las deducciones previstas en los apartados 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del artículo 68 de la LIRPF.

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