Temari de proves selectives 2024-2025 252 Supuestos de no sujeción Entre los supuestos de no sujeción al IVA se incluyen, entre otros, las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable, con fines de promoción de las actividades empresariales o profesionales; los servicios prestados por personas físicas en régimen de dependencia derivado de relaciones administrativas o laborales, incluidas, en estas últimas, las de carácter especial; los servicios prestados a las cooperativas de trabajo asociado por los socios de las mismas y los prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo; las operaciones realizadas por las comunidades de regantes para la ordenación y aprovechamiento de las aguas; etc. Exenciones Asimismo, las exenciones del IVA son numerosas, pero, de entre ellas, conviene destacar las siguientes: • Las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias a ellas que constituyan el servicio postal universal y estén reservadas al operador al que se encomienda su prestación. • Las prestaciones de servicios de hospitalización o asistencia sanitaria y demás relacionadas directamente con las mismas realizadas por entidades de Derecho Público o por entidades o establecimientos privados en régimen de precios autorizados o comunicados. • La asistencia a personas físicas por parte de profesionales médicos o sanitarios, cualquiera que sea la persona destinataria de dichos servicios. • Las prestaciones de servicios realizadas en el ámbito de sus respectivas profesiones por estomatólogos, odontólogos, mecánicos dentistas y protésicos dentales, así como la entrega, reparación y colocación de prótesis dentales y ortopedias maxilares realizadas por los mismos, cualquiera que sea la persona a cuyo cargo se realicen dichas operaciones. • La educación de la infancia y de la juventud, la guarda y custodia de niños, la enseñanza escolar, universitaria y de posgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de Derecho Público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades. • Las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo. • Las prestaciones de servicios, que se relacionan a continuación, efectuadas por entidades de Derecho Público o por entidades o establecimientos culturales privados de carácter social: º Las propias de bibliotecas, archivos y centros de documentación. º Las visitas a museos, galerías de arte, pinacotecas, monumentos, lugares históricos, jardines botánicos, parques zoológicos y parques naturales y otros espacios naturales protegidos de características similares. º Las representaciones teatrales, musicales, coreográficas, audiovisuales y cinematográficas. º La organización de exposiciones y manifestaciones similares. º Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización. º La gran mayoría de las operaciones financieras y determinadas operaciones mobiliarias. º Las loterías, apuestas y juegos organizados por el Estado, las CCAA. y la ONCE,
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