Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 264 Tributos cedidos Conforme a lo que establece el art. 11 LOFCA, solo pueden ser cedidos a las CCAA, en las condiciones que establece dicha Ley, los siguientes tributos: Cesión del rendimiento parcial: a) Impuesto sobre la renta de las personas físicas (con el límite máximo del 50%). b) Impuesto sobre el valor añadido (con el límite máximo del 50%). c) Los impuestos especiales de fabricación, con carácter parcial, con el límite máximo del 58% de cada uno de ellos, excepto el impuesto sobre la electricidad y el impuesto sobre hidrocarburos. Cesión del rendimiento total: a) Impuesto sobre el patrimonio. b) Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. c) Impuesto sobre sucesiones y donaciones. d) El impuesto sobre la electricidad. e) El impuesto especial sobre determinados medios de transporte. f) Los tributos sobre el juego. Cesión del rendimiento parcial y total: a) El impuesto sobre hidrocarburos, con carácter parcial, con el límite máximo del 58% para el tipo estatal general y en su totalidad para el tipo estatal especial y para el tipo autonómico. Régimen jurídico Los tributos cuyo rendimiento se cede a las CCAA se regirán por los convenios o tratados internacionales, la LGT, la Ley propia de cada tributo, los reglamentos generales dictados en desarrollo de la LGT y de las Leyes propias de cada tributo, las demás disposiciones de carácter general, reglamentarias o interpretativas, dictadas por la Administración del Estado y, en los términos previstos en este título, por las normas emanadas de la Comunidad Autónoma competente según el alcance y los puntos de conexión establecidos en el mismo. La terminología y conceptos de las normas que dicten las Comunidades Autónomas se adecuarán a la LGT. La normativa que dicten las CCAA en relación con las materias cuya competencia les corresponda de acuerdo con su Estatuto de Autonomía y que sea susceptible de tener, por vía indirecta, efectos fiscales no producirá tales efectos en cuanto el régimen tributario que configure no se ajuste al establecido por las normas estatales. Residencia habitual de las personas físicas A efectos de los impuestos cedidos, se considerará que las personas físicas residentes en territorio español lo son en el territorio de una Comunidad Autónoma:

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