Temari de proves selectives 2024-2025 104 º Intervención-Tesorería, de categoría de entrada. º Secretaría-Intervención. Previa superación de los procesos selectivos correspondiente y el ingreso en la escala de FHN, en la subescala correspondiente, la adscripción a un puesto de trabajo concreto en una EL en puesto reservado a FHN se efectuará mediante el régimen de provisión que regula el RFHN . Sistemas de provisión Provisión definitiva Los puestos de trabajo reservados a FHN se proveerán por concurso de méritos, que será el sistema normal de provisión. Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a FHN podrán cubrirse por el sistema de libre designación entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente, en los siguientes supuestos, previstos en el artículo 92 bis LRBRL: 1. En los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del TRLRHL. 2. En las DDPP, AAMM, cabildos y consejos insulares. 3. En las ciudades de Ceuta y Melilla. También se considerarán nombramientos de carácter definitivo: a) Los puestos asignados en primer destino. b) El puesto asignado cuando se tuviera reserva de puesto y se procediera de la situación de servicios especiales. c) La permuta de puestos. A tales efectos, las CCAA podrán autorizar las permutas de puesto entre dos FHN cuando ambos puestos se encuentren en su ámbito territorial, de acuerdo con su normativa específica y, en el caso de que excedan de dicho ámbito, podrá autorizarlas la Dirección General de la Función Pública. Otras formas de provisión Con independencia de los sistemas de provisión de carácter definitivo a que se refiere el apartado anterior, los puestos de trabajo reservados a FHN podrán cubrirse mediante nombramientos provisionales, acumulaciones, comisiones de servicio, nombramientos accidentales o de interinos, de acuerdo con lo previsto en el RFHN. Provisión por concurso de méritos • Puestos vacantes Tienen la consideración de vacantes, a efectos de concurso, los puestos reservados a este sistema de provisión y no cubiertos por el mismo ni por funcionarios nombrados en un primer destino.
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