Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 112 El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. El funcionario nombrado para un puesto de libre designación podrá ser cesado, con carácter discrecional, por el mismo órgano que lo nombró, garantizándole, en este caso, su nombramiento en un puesto de trabajo de su mismo grupo de titulación, adecuado a las funciones o tareas propias de la subescala de pertenencia, no inferior, en más de dos niveles, a la del puesto para el que fue designado y cuyo complemento específico sea el normalizado entre los puestos reservados a los funcionarios de la escala de FHN. En dicho puesto se podrá permanecer hasta obtener otro por los procedimientos establecidos en el RFHN. Será necesario informe preceptivo previo del órgano competente de la AGE en materia de haciendas locales para el cese de aquellos funcionarios que tengan asignadas las funciones contenidas en los artículos 4 y 5 del RFHN, y que hubieran sido nombrados por libre designación. El acuerdo del cese deberá incluir la correspondiente motivación del mismo, referido a su desempeño profesional. OTRAS FORMAS DE PROVISIÓN Con independencia de la provisión de puestos de trabajo por concurso y libre designación, y de la asignación de puestos mediante nombramientos de primer destino, las CCAA podrán efectuar la cobertura de los puestos reservados a FHN mediante los siguientes tipos de nombramiento: • Nombramientos provisionales. • Acumulaciones. • Comisiones de servicios. • Nombramientos accidentales. • Nombramientos interinos. • Comisiones circunstanciales. Nombramientos provisionales Las CCAA podrán efectuar nombramientos provisionales a FHN para los puestos vacantes a ellos reservados previa solicitud de la CL correspondiente y conformidad del funcionario interesado, o bien previa solicitud del funcionario interesado y la conformidad de la CL. Para efectuar dicho nombramiento será necesario el informe favorable de la CL donde está destinado el funcionario. Solo podrán ser nombrados con carácter provisional para un determinado puesto los funcionarios que estén en posesión de la habilitación y pertenezcan a la subescala y categoría que, de acuerdo con las reglas del RFHN, correspondan al mismo. No obstante, cuando no fuera posible la cobertura de dicho puesto por funcionario de la subescala y categoría correspondiente al mismo, circunstancia que deberá quedar acreditada en el expediente, podrá efectuarse el nombramiento provisional a funcionario de distinta categoría dentro de la subescala y, en el caso de que tampoco fuera posible, a funcionario de diferente subescala.

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