Temari de proves selectives 2024-2025 17 Para ello, la ley establece varios principios de actuación de los poderes públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores públicos y privados toda forma de discriminación por razón de sexo. También se ha estimado conveniente establecer determinadas medidas de promoción de la igualdad efectiva en las empresas privadas, como las que se recogen en materia de contratación, de subvenciones públicas o en referencia a los nombramientos en consejos de administración. La Ley 3/2007 presta especial atención a la corrección de la desigualdad en el ámbito específico de las relaciones laborales. Mediante una serie de previsiones, se reconoce el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y se fomenta una mayor corresponsabilidad entre mujeres y hombres en la asunción de obligaciones familiares, criterios inspiradores de toda la norma que encuentran aquí su concreción más significativa. La Ley Orgánica 3/2007 pretende, igualmente, promover la adopción de medidas concretas en favor de la igualdad en las empresas, situándose en el marco de la negociación colectiva, para que sean las partes, libre y responsablemente, las que acuerden su contenido. Dentro del mismo ámbito del empleo, pero con características propias, se consignan en la ley medidas específicas sobre los procesos de selección y para la provisión de puestos de trabajo en el seno de la Administración General del Estado. Y la proyección de la igualdad se extiende a las fuerzas y cuerpos de seguridad y a las fuerzas armadas. La preocupación por el alcance de la igualdad efectiva en nuestra sociedad también se extiende a los niveles autonómicos y locales. Así, la ley se refiere a la generalidad de las políticas públicas en España, tanto estatales como autonómicas y locales, y lo hace al amparo de la atribución constitucional al Estado de la competencia para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles y españolas en el ejercicio de los derechos constitucionales, aunque contiene una regulación más detallada en aquellos ámbitos de competencia, básica o legislativa plena del Estado. Como instrumentos básicos de ordenación general de las políticas públicas, bajo la óptica del principio de igualdad y la perspectiva de género, encontramos, por ejemplo, en el ámbito de la Administración General del Estado: • Un plan estratégico de igualdad de oportunidades. • La creación de una Comisión Interministerial de Igualdad con responsabilidades de coordinación. • Los informes de impacto de género, cuya obligatoriedad se amplía desde las normas legales a los planes de especial relevancia económica y social. • Los informes o evaluaciones periódicos sobre la efectividad del principio de igualdad. • Mediante el Real Decreto 247/2024, de 8 de marzo, se aprueba el protocolo de actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito de la AGE y sus organismos públicos. En cuanto al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 3/2007: 1. Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo. 2. Las obligaciones recaerán sobre toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.
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