Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 220 ESCRITURA SOCIAL Y ESTATUTOS Son requisitos de constitución el otorgamiento de escritura pública y su inscripción en el Registro Mercantil. En la escritura social, además de otra información, se deberán incorporar los estatutos que regirán el funcionamiento de la sociedad, en los cuales deberá constar: • Denominación de la sociedad y objeto social. • Duración de la sociedad. Si no se hiciera constar, se entenderá que se prevé indefinida. • Fecha en la que iniciará sus operaciones. Si no se hiciera constar, se entenderá que es la del otorgamiento de la escritura pública. • Domicilio social. • Capital social, expresando, en su caso, la parte de su valor no desembolsado, así como la forma y el plazo máximo en que se han de satisfacer los dividendos pasivos. • El número de acciones en que está dividido el capital social, el valor nominal, la clase y la serie, y si se encuentran representadas por medio de títulos o anotaciones a cuenta. • La forma de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y mínimo, así como el plazo de duración del cargo y la retribución, si la tenían. • El modo de deliberar y adoptar los acuerdos los órganos colegiados. • La fecha de cierre del ejercicio social. A falta de disposición estatutaria, se entenderá que acaba el 31 de diciembre de cada año. • Las restricciones a la libre transmisibilidad de acciones, si hubiese. • El régimen de prestaciones accesorias, en caso de establecerse. • Los derechos especiales que, en su caso, se reserven los fundadores o promotores de la sociedad. ÓRGANOS SOCIALES. LOS SOCIOS En cualquier sociedad anónima deberán existir, por imperativo legal, los mismos órganos sociales previstos para las sociedades de responsabilidad limitada: la junta general de accionistas y un órgano de administración. a) Junta general de accionistas Su tarea fundamental es reunir a los accionistas para deliberar y formar por mayoría la voluntad soberana de la persona jurídica. La junta ordinaria es aquella que, convocada al efecto, se reúne dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado. Las otras serán extraordinarias.

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