Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 231 pérdida de tal situación o el cambio del socio único como consecuencia de haberse transmitido alguna, o todas las participaciones o todas las acciones, se hará constar en escritura pública, que se inscribirá en el Registro Mercantil. En la inscripción, se expresará necesariamente la identidad del único socio. En tanto subsista la situación de unipersonalidad, la sociedad hará constar expresamente su condición de unipersonal en toda su documentación, correspondencia, notas de pedido y facturas, así como en todos los anuncios que haya de publicar por disposición legal o estatutaria. Dicha regla tiene una excepción en el caso de las sociedades de responsabilidad limitada o anónimas unipersonales cuyo capital sea propiedad del Estado, las Comunidades Autónomas o las corporaciones locales o de organismos y entidades de ellos dependientes, que no deben mencionar expresamente dicha condición de unipersonal. Según el artículo 16 TRLSCap: “1. Los contratos celebrados entre el socio único y la sociedad deberán constar por escrito o en la forma documental que exija la ley de acuerdo con su naturaleza, y se transcribirán en un libro registro de la sociedad que habrá de ser realizado conforme a lo dispuesto para los libros de actas de las sociedades. En la memoria anual, será referencia expresa e individualizada a estos contratos con indicación de su naturaleza y condiciones. 2. En caso de concurso del socio único de la sociedad, no será oponible a la masa aquellos contratos comprendidos en el apartado anterior que no hayan sido transcritos en el libro registro y no se hallen referenciados en la memoria anual o lo hayan sido en memoria no depositada con arreglo a la ley. 3. Durante el plazo de 2 años a contar desde la fecha de celebración de los contratos a que se refiere el apartado primero, el socio único responderá frente a la sociedad de las ventajas que directa o indirectamente haya obtenido en perjuicio de esta como consecuencia de dichos contratos.” Los apartados 2 y 3 del artículo 16 LSC no serán de aplicación a las sociedades unipersonales cuyo capital sea propiedad del Estado, las Comunidades Autónomas, las corporaciones locales o los organismos o entidades de ellos dependientes. Unipersonalidad sobrevenida Conforme a lo establecido en el artículo 14 TRLSCap, transcurridos 6 meses desde la adquisición por la sociedad del carácter unipersonal, sin que esta circunstancia se hubiera inscrito en el Registro Mercantil, el socio único responderá personal, ilimitada y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante el periodo de unipersonalidad. Inscrita la unipersonalidad, el socio único no responderá de las deudas contraídas con posterioridad. Esta regla del artículo 14 TRLSCap no será de aplicación a las sociedades unipersonales cuyo capital social sea propiedad del Estado, las Comunidades Autónomas o las corporaciones locales organismos entidades de ellos dependientes. Competencias En la sociedad unipersonal, el socio único ejerce las competencias de la junta general. Las decisiones del socio único se consideran en acta, bajo su firma o la de su representante, pudiendo ser ejecutadas y formalizadas por el propio socio o por los administradores de la sociedad.

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