Temari de proves selectives 2024-2025 28 A finales del año 2023, se promulgó el Real Decreto-ley 6/2023, que puede considerarse un desarrollo parcial del TREBEP, desarrollo este que será aplicable directamente a la Administración General del Estado y a organismos y entidades vinculados o dependientes. Pero además, algunos aspectos podrán ser aplicables también a las entidades locales, y ello por la remisión que la normativa propia del régimen local efectúa a las normas de función pública aplicables en la Administración del Estado en materias tales como la provisión de puestos de trabajo. El Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, aborda aspectos principales y novedosos que giran en torno a la definición del empleo público, las alusiones al talento, la necesidad de planificar las políticas de empleo público de forma estratégica, la evaluación del desempeño de los empleados públicos, su carrera profesional y la dirección pública profesional. De acuerdo con el artículo 3 del TREBEP, el personal funcionario de las entidades locales se rige por la legislación estatal que resulte de aplicación, de la que forma parte este estatuto, y por la legislación de las Comunidades Autónomas, con respeto a la autonomía local. Las fuentes normativas sobre función pública local serían: • Normativa básica estatal en materias de función pública y régimen local. • Normativa autonómica de desarrollo en materias de función pública local y régimen local. • Normativa de cada entidad local. Al aplicar la normativa vigente en materia de función pública, también hay que tener en cuenta que el legislador redactor del EBEP en el año 2007 no dispuso la entrada en vigor automática de todo el EBEP, sino que su aplicabilidad se distingue1 según distintos tipos de preceptos: • Preceptos directamente aplicables desde la entrada en vigor del EBEP. • Preceptos del EBEP que producirán efectos a partir de la entrada en vigor de la Ley de función pública de la Administración General del Estado (y en el ámbito local, por tanto, cuando se dicte la Ley autonómica de desarrollo del EBEP). • Preceptos de la normativa de función pública que, al amparo de la disposición final cuarta del EBEP, continúan vigentes hasta la aprobación de la Ley de la función pública de la AGE y mientras no se opongan al EBEP. Concepto de empleado público De acuerdo con el artículo 8 del TREBEP, son empleados públicos los que desarrollan funciones retribuidas en las Administraciones Públicas al servicio de los intereses generales. Clasificación de los empleados públicos • Funcionarios de carrera: funcionarios propios de la corporación o funcionarios con habilitación nacional. • Funcionarios interinos. 1 Resolución de 21 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, que divulga las instrucciones de 5 de junio de 2007 para la aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
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