Temari de proves selectives 2024-2025 150 • Las previstas nominativamente en los presupuestos del Estado, las CCAA o las EELL, en los términos recogidos en los convenios y la normativa reguladora de estas subvenciones. • Aquellas cuya concesión o cuantía vengan impuestas por la Administración mediante una norma de rango legal, que siguen el procedimiento de concesión que les sea aplicable de acuerdo con su propia normativa. • Con carácter excepcional, las otras subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública. En cuanto a la objetividad, se establece en el artículo 22.1 de la LGS que la propuesta de concesión debe formulársela al órgano concedente un órgano colegiado, a través del órgano instructor, y también que la resolución debe ser motivada (art. 25 LGS). c) Igualdad y no discriminación Se considera contraria al principio de igualdad y arbitraria cualquier ayuda o subvención que no tenga una justificación objetiva y razonable en función del interés público. Supone, a la vez, que la Administración no puede otorgar un trato diferente, sin justificación objetiva, a aquellas personas que puedan ser beneficiarias de una subvención establecida, se conceda en un procedimiento de concurrencia o no. d) Eficacia y eficiencia El principio de eficacia obliga a establecer y regular las ayudas públicas en atención al cumplimiento de los objetivos que con ellas se pretenden, mientras que el principio de eficiencia persigue la mejor asignación y utilización de los recursos públicos. El procedimiento de concesión general (concurrencia competitiva) se inicia siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano competente, y tiene necesariamente el contenido siguiente: • Indicación de la disposición que establezca, en su caso, las bases reguladoras y del diario oficial en que está publicada, salvo que, en consideración a su especificidad, estas se incluyan en la misma convocatoria. • Créditos presupuestarios a los que se imputan la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles o, si faltase, la cuantía estimada de las subvenciones. • Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención. • Expresión de que la concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva. • Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos. • Indicación de los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento. • Plazos de presentación de solicitudes, de resolución y de notificación. • Documentos e informaciones que se han de adjuntar a la petición. • Si procede, posibilidad de reformulación de solicitudes, de conformidad con lo que dispone el artículo 27 de la Ley. • Indicación de si la resolución agota la vía administrativa y, en caso contrario, órgano ante el cual se debe interponer recurso de alzada.
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