Temari de proves selectives 2024-2025

Temari de proves selectives 2024-2025 204 Artículo 29: “Las EELL que hagan uso de la facultad recogida en el apartado 1 del artículo anterior deberán respetar, en todo caso, las siguientes limitaciones en cuanto a los niveles de vinculación: a) Respecto de la clasificación funcional, el grupo de función. b) Respecto de la clasificación económica, el capítulo.” De acuerdo con estos artículos, dentro del nivel de vinculación fijado en las bases de ejecución del presupuesto. la contabilización se hace sobre la partida presupuestaria, pero el control fiscal se efectuará sobre el nivel de vinculación, lo que significa que, mientras haya crédito en cualquiera de las partidas presupuestarias del mismo nivel de vinculación, podrán emitirse certificaciones de existencia de créditos, sin que por ello se contravenga el principio de especialidad, tanto desde el punto de vista cualitativo como cuantitativo. Por otra parte, la Orden Ministerial EHA/3565/2008 clasifica el gasto con la clasificación por programas, económica y orgánica. De acuerdo con ello, el nivel de vinculación jurídica que deberán respetar las EELL en la elaboración de las bases de ejecución del presupuesto será el siguiente: a) Respecto de la clasificación por programas, las áreas de gasto. b) Respecto de la clasificación económica, el capítulo. Así puese puede concluir: • Las partidas que tienen el mismo nivel de vinculación jurídica comparten el crédito, y, por tanto, se puede gastar indistintamente en cualquiera de ellas, evitando sucesivas modificaciones de crédito, de lo que resulta una gestión presupuestaria más eficaz. • Cuanto más ampliamente se defina, en las bases de ejecución del presupuesto, el nivel de vinculación, mayor será el margen de maniobra. • En determinados supuestos, las partidas son vinculantes por sí mismas, es decir, no comparten crédito con el resto (créditos ampliables, proyectos con financiación afectada…). LAS MODIFICACIONES DE CRÉDITO Para evitar situaciones que impidan la actividad económica de las EELL, la propia norma, con carácter excepcional, habilita la posibilidad de realizar modificaciones presupuestarias. Las modificaciones de crédito se pueden definir como aquellas variaciones de los créditos iniciales, autorizadas por el órgano competente (mediante el correspondiente acto administrativo, en todos los casos), que responden a nuevas necesidades de gasto (o mayores necesidades) surgidas durante la ejecución del presupuesto. Una nota común a todas las modificaciones de crédito es que se debe mantener el equilibrio presupuestario, es decir, el aumento de los créditos para gastos se ha de compensar con una disminución de otros créditos para gastos, o bien con un aumento de las previsiones de ingresos (o con una combinación de una y otro), de forma que se mantenga la situación de equilibrio (o superávit) inicial. Es decir, en cualquier modificación del presupuesto de gastos debe encontrarse la manera de financiarla.

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